EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 000623-2018
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 12/10/2018 · Exp. 000623-2018
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 12/10/2018 · Exp. 000623-2018
Sumilla. El recurrente, a pesar de haberse invocado el numeral cuatro del artículo cuatrocientos veintisiete, del Código Procesal Penal, no ha realizado una justificación satisfactoria como para considerar necesario el desarrollo de la doctrina jurisprudencial de este Supremo Tribunal. La causal excepcional es un supuesto que solo se configura ante la presencia de un tema que, a entender del Supremo…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 07/09/2018 · Exp. 000646-2018
Sumilla. La casación excepcional, prevista en el numeral cuatro del artículo cuatrocientos veintisiete del Código Procesal Penal, exige que el recurrente justifique -explique- por qué el tema que propone se muestra como necesario para la doctrina jurisprudencial de la Corte Suprema. Requisito consonante con la justificación de la casación excepcional que requiere para su configuración un tema necesario para la…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 15/06/2018 · Exp. 000197-2018
Para que proceda el recurso de casación excepcional, el recurrente debe precisar puntualmente las razones que justifican el desarrollo de la doctrina jurisprudencial.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 28/05/2018 · Exp. 001219-2017
Cuando se invoca la casación excepcional, no basta con pretender que un tema se desarrolle ni expresar argumentos genéricos sobre la correcta aplicación de la ley a criterio de cada recurrente; lo esencial es la justificación sobre la presencia de un genuino interés casacional.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 11/05/2018 · Exp. 001030-2017
Para la procedencia del recurso de casación excepcional, el recurrente debe precisar puntualmente las razones que justifican el desarrollo de la doctrina jurisprudencial que pretende.