EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 001783-2018
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 17/05/2019 · Exp. 001783-2018
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 17/05/2019 · Exp. 001783-2018
El incumplimiento de las exigencias normativas para la habilitación del recurso de casación en su forma excepcional determina la inadmisibilidad del recurso. La falta de proposición de materias para el desarrollo de la doctrina jurisprudencial lo hace insubsistente.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 14/05/2019 · Exp. 001943-2018
La casación excepcional, prevista en el artículo 427.4, del NCPPSUMILLA. Bajo este supuesto el acceso a la casación resulta discrecional, el mismo que está supeditado a la trascendencia del caso, cuando resulta importante fijar o aclarar doctrina legal o jurisprudencial.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 25/01/2019 · Exp. 001094-2018
Cuando se invoca la modalidad excepcional de casación, el recurrente debe cumplir con las exigencias que están previstas en el artículo cuatrocientos treinta, inciso tres, del Código Procesal Penal; de lo contrario, el recurso de casación será declarado inadmisible, como en el presente caso.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 10/09/2018 · Exp. 000701-2018
Al interponer el impugnante su recurso de casación excepcional omitió consignar el requisito objetivo de procedibilidad estipulado en el inciso cuatro del artículo cuatrocientos veintisiete del Código Procesal Penal, es decir, omitió consignar los temas que propone para el desarrollo de la doctrina jurisprudencial. Por ello, debe desestimarse el recurso interpuesto.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 17/08/2018 · Exp. 000574-2018
El acceso excepcional a la casación es discrecional, cuando el Tribunal Supremo estime que por la trascendencia del caso es importante fijar o aclarar una doctrina legal o jurisprudencial.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 11/05/2018 · Exp. 000189-2018
El recurso de casación excepcional es inadmisible, al no contemplarse el supuesto de interés casacional ya sea en el extremo que la decisión del Ad quem contravenga la jurisprudencia expedida por esta Corte o por el Tribunal Constitucional, así como en el extremo de que no se observa la necesidad de otorgar una interpretación adecuada de la norma penal -inciso…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 23/04/2018 · Exp. 001006-2017
La casación excepcional tiene un carácter discrecional por este Supremo Tribunal, que verificará si los fundamentos de los recurrentes coadyuvaran a enriquecer y desarrollar la doctrina jurisprudencial; pues esta no debe limitarse a transcribir y divagar en un cúmulo de teorías, sino que deberá argumentar: a) La justificación que propone para el desarrollo de la doctrina jurisprudencial. b) El estado…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 03/03/2017 · Exp. 001049-2016
Lo único relevante, es lo referido al poder de integración jurídica del Tribunal Superior, definido en sus lineamientos básicos por el Acuerdo Plenario sobre los alcances de la pena de inhabilitación.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 07/10/2016 · Exp. 000366-2016
Sumilla. Si los fundamentos del recurso de casación no resultan acordes con la naturaleza que demanda el artículo cuatrocientos veintiocho del Código Procesal Penal, por no haberse reforzado la motivación, corresponderá declarar su inadmisibilidad.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 18/02/2015 · Exp. 000434-2014
Aún cuando los casacionistas han tratado de justificar el examen de su caso en vía de casación excepcional, lo cual resulta inadmisible; no obstante ello, la Corte Suprema de Justicia discrecionalmente considera necesario justificar la condena del absuelto, así como la competencia de la parte agraviada en segunda instancia, cuando el Fiscal no ha planteado recurso de apelación.