EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 002205-2017
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 23/09/2019 · Exp. 002205-2017
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 23/09/2019 · Exp. 002205-2017
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 12/09/2019 · Exp. 000508-2018
Es improcedente la demanda de revisión planteada por el recurrente si no se verifica la causal invocada en el acto postulatorio, de conformidad con lo previsto en el inciso seis, del artículo cuatrocientos veintisiete, del Código Procesal Civil.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 05/09/2019 · Exp. 000507-2018
INADMISIBLE LA ACCIÓN DE REVISIÓN DE SENTENCIASumilla. La acción de revisión resulta improcedente cuando los agravios planteados constituyen, en puridad, una revaloración de la prueba ya incorporada y valorada oportunamente en el juicio. Más aún si sus argumentos no se condicen en absoluto con la causal invocada
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 16/04/2019 · Exp. 001218-2018
Las características especiales del acusado, su nivel de participación de los hechos y el grado de lesividad al bien jurídico, conllevan a estimar que la pena impuesta por la Sala Superior resultó adecuada para asegurar los fines de la pena.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 01/04/2019 · Exp. 001867-2018
La doctrina legal de este Supremo Tribunal tiene expuesta la validez jurídica de las declaraciones en sede policial y/o sumarial en tanto y en cuanto que se someta a debate plenarial y formule datos inculpatorios sólidos y coherentes, así como que la retractación ulterior carezca de significancia y explicación razonable.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 01/04/2019 · Exp. 001867-2018
La doctrina legal de este Supremo Tribunal tiene expuesta la validez jurídica de las declaraciones en sede policial y/o sumarial en tanto y en cuanto que se someta a debate plenarial y formule datos inculpatorios sólidos y coherentes, así como que la retractación ulterior carezca de significancia y explicación razonable.