EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 000332-2019
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 21/10/2019 · Exp. 000332-2019
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 21/10/2019 · Exp. 000332-2019
La reincidencia La reincidencia constituye circunstancia agravante cualificada por la que el juez aumenta la pena hasta en una mitad por encima del máximo legal fijado para el tipo penal.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 30/04/2019 · Exp. 001934-2018
En el caso materia de examen, las pruebas incorporadas en el curso del proceso, en el que se respetaron los principios que regulan la actividad probatoria, otorgan convicción y certeza a este Supremo Colegiado respecto a la responsabilidad de los procesados.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 09/07/2015 · Exp. 003187-2014
Que, ahora bien, a los efectos de la pena a imponer, es de precisar, primero, que el delito quedó en grado de tentativa; segundo, que en el hecho concurrieron dos circunstancias de agravación específicas: minoría de edad de la víctima y pluralidad de autores; tercero, que los imputados rechazaron los cargos y, luego, se sometieron a la conformidad procesal, por…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 06/05/2015 · Exp. 001064-2014
La conformidad procesal, conforme al Acuerdo Plenario 5-2008/CJ-116, permite la reducción de hasta un séptimo de la pena concreta solicitada por el Ministerio Público. En el caso examinado, al mediar conformidad procesal es pertinente reducir la pena concreta y no del décimo decidido por el Tribunal superior, que es la perspectiva más benigna.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 13/04/2015 · Exp. 001164-2014
No concurre en el hecho y en la situación personal del imputado circunstancia alguna de atenuación privilegiada, que determine la imposición de una pena por debajo del mínimo legal. Sólo es aplicable la disminución de un sexto sobre la pena final al amparo del Acuerdo Plenario número cinco guión dos mil ocho guión CJ diagonal ciento dieciséis.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 09/04/2015 · Exp. 002345-2014
La pena mínima para el delito perpetrado es de diez y sobre la pena concreta debe reducirse un séptimo por conformidad procesal. En consecuencia, la pena final impuesta de diez años de privación de libertad responde a la entidad del injusto y a la culpabilidad por el hecho.