EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 002438-2017
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 18/09/2018 · Exp. 002438-2017
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 18/09/2018 · Exp. 002438-2017
Nuestro ordenamiento jurídico penal señala, en su artículo noveno, del Título Preliminar, que la pena tiene función preventiva, protectora y resocializadora. En ese sentido, el Código se inscribe en la línea de una teoría unificadora preventiva, pues la pena sirve a los fines de prevención especial y general.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 13/09/2018 · Exp. 002378-2017
Nuestro ordenamiento jurídico penal señala, en su artículo noveno, del Título Preliminar, que la pena tiene función preventiva, protectora y resocializadora. En ese sentido, el Código se inscribe en la línea de una teoría unificadora preventiva, pues la pena sirve a los fines de prevención especial y general.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 31/07/2018 · Exp. 000605-2018
Nuestro ordenamiento jurídico penal señala, en su artículo noveno del Título Preliminar, que la pena tiene función preventiva, protectora y resocializadora. En ese sentido, el Código se inscribe en la línea de una teoría unificadora preventiva, pues la pena sirve a los fines de prevención especial y general.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 24/07/2018 · Exp. 000326-2018
Nuestro ordenamiento jurídico penal señala en su artículo noveno del Título Preliminar, que la pena tiene función preventiva, protectora y resocializadora. En ese sentido, el Código se inscribe en la línea de una teoría unificadora preventiva, pues la pena sirve a los fines de prevención especial y general.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 19/06/2018 · Exp. 002548-2017
En la determinación de la pena se ha tomado en cuenta la naturaleza y circunstancias de los hechos imputados y los principios de proporcionalidad y razonabilidad en consonancia con la función de la pena en preventiva, protectora y resocializadora
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 18/06/2018 · Exp. 002630-2017
Sumilla. El registro de antecedentes penales con pena suspendida en su ejecución no genera reincidencia, pero ello no impide que sea tomado en cuenta al evaluar la peligrosidad social (mayor o menor probabilidad de que un sujeto cometa un delito), condición personal que debe ser analizada a la luz de lo establecido en el artículo cuarenta y cinco del Código…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 29/05/2018 · Exp. 002307-2017
Nuestro ordenamiento jurídico penal señala, en su artículo noveno del Título Preliminar, que la pena tiene función preventiva, protectora y resocializadora. En ese sentido, el Código se inscribe en la línea de una teoría unificadora preventiva, pues la pena sirve a los fines de prevención especial y general.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 23/04/2018 · Exp. 001574-2017
Nuestro ordenamiento jurídico penal señala en su artículo noveno del Título Preliminar, que la pena tiene función preventiva, protectora y resocializadora. En ese sentido, el Código se inscribe en la línea de una teoría unificadora preventiva, pues la pena sirve a los fines de prevención especial y general.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 19/03/2018 · Exp. 001530-2017
Nuestro ordenamiento jurídico penal señala en su artículo noveno del Título Preliminar, que la pena tiene función preventiva, protectora y resocializadora. En ese sentido, el Código se inscribe en la línea de una teoría unificadora preventiva, pues la pena sirve a los fines de prevención especial y general.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 23/01/2018 · Exp. 002777-2016
Nuestro ordenamiento jurídico penal señala en su artículo noveno del Título Preliminar, que la pena tiene función preventiva, protectora y resocializadora. En ese sentido, el Código se inscribe en la línea de una teoría unificadora preventiva, pues la pena sirve a los fines de prevención especial y general.