EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 003026-2015
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 23/08/2016 · Exp. 003026-2015
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 23/08/2016 · Exp. 003026-2015
Como prueba de cargo se tiene la declaración del agraviado, que confirmó que fue el condenado Valenzuela Ponte quien lo agredió con un cuchillo, introduciéndole en el tórax. A pesar que solo realizó su manifestación a nivel policial, su versión se corrobora con otros medios de prueba, incluso con la declaración del recurrente.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 09/08/2016 · Exp. 002958-2014
Está absolutamente probado que el vehículo utilizado por los asaltantes para trasladar los bienes robados estaba bajo su posesión y la coartada del absuelto que descansa en que el coche lo prestó a un tal &, está demostra" carece de coherencia, pues a una persona que no conoce bien no puede entregar un vehículo, que por lo demás lo necesitaba…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 18/07/2016 · Exp. 000778-2015
La declaración del agraviado y su amigo son coincidentes y persistentes; se complementan entre sí, a lo que se une la inmediata intervención de la autoridad, una vez concretado el delito. A ello se agrega la ausencia de todo rasgo de incredibilidad subjetiva y de confusión respecto a cómo se iniciaron y desarrollaron los hechos. La coartada de la pelea…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 02/06/2016 · Exp. 002804-2014
Las afirmaciones de los agraviados son directas, precisas y circunstanciadas, las constataciones médico legales son sólidas, el encausado corroboró en sede preliminar, con asistencia del fiscal, lo narrado por los agraviados, lo que resulta inaceptable una retractación y menos sostener que su declaración fue producto de un engaño policial.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 23/05/2016 · Exp. 001559-2015
No existe una motivación espuria para que el agraviado sindique gratuitamente al imputado; el hecho ocurrió al medio día y la víctima pudo percatarse muy bien de las características físicas y el rostro del asaltante en tanto lo persiguió y trató de impedir que huya en el vehículo, cuya placa ubicó; el reconocimiento no presenta duda alguna.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 29/09/2015 · Exp. 002288-2014
La declaración de un testigo sordo mudo no está prohibido por ley. El Código de Procedimientos Penales admite su declaración y es válida por cuanto ha expresado un mensaje con sus señas al Tribunal con el auxilio de la interpretación de su hermano que concurrió al juicio oral. La prueba de cargo es suficiente para afirmar la realidad del suceso…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 16/09/2015 · Exp. 000900-2015
Las pruebas de cargo permiten sustentar. la responsabilidad penal del procesado en el delito incriminado.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 01/09/2015 · Exp. 002171-2014
Las pruebas de cargo: testimoniales y el parte de intervención policial dan cuenta de la realidad del hecho. Sin embargo, dado que el robo se quedo en grado tentado y el estado de embriaguez del encausado permiten una reducción de la pena por debajo del mínimo legal.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 31/08/2015 · Exp. 001978-2014
La tesis imputativa contra el procesado, calificada como robo con la agravante de a mano armada, se acreditó de modo suficiente con la prueba de cargo actuada en el presente proceso.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 13/08/2015 · Exp. 002242-2014
Sumilla. La apreciación en conjunto de la prueba de cargo revela inconcusamente la autoría de los imputados. Los imputados niegan los cargos, pero la tenencia del vehículo y la identificación de la agraviada y del Administrador son definitivas.