EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 002170-2015
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 13/03/2017 · Exp. 002170-2015
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 13/03/2017 · Exp. 002170-2015
Aptitud probatoria. Sumilla. Los agravios expuestos en el recurso de nulidad no enervan el fallo condenatorio; por el contrario, las pruebas periféricas examinadas dotan de aptitud probatoria a la declaración incriminatoria del agraviado; por tanto, la reconstrucción histórica de los hechos imputados al encausado está debidamente probada.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 02/03/2017 · Exp. 001128-2015
Aptitud probatoria. Sumilla. Los agravios expuestos en el recurso de nulidad no enervan el fallo condenatorio; por el contrario, las pruebas periféricas examinadas dotan de aptitud probatoria a la declaración incriminatoria del agraviado; por tanto, la reconstrucción histórica de los hechos imputados al encausado está debidamente probada.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 23/02/2017 · Exp. 000344-2015
Suficiencia probatoriaSUMILLA. Cuando las pruebas de cargo obrantes en un determinado proceso penal tengan entidad suficiente para enervar la presunción de inocencia, debe establecerse responsabilidad penal contra el encausado sometido a dicho proceso.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 21/02/2017 · Exp. 000254-2015
Suficiencia probatoriaSUMILLA. Cuando las pruebas de cargo obrantes en un determinado proceso penal tengan entidad suficiente para enervar la presunción de inocencia, debe establecerse responsabilidad penal contra el encausado sometido a dicho proceso.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 16/02/2017 · Exp. 001054-2016
Suficiencia probatoriaSUMILLA. Cuando las pruebas de cargo obrantes en un determinado proceso penal tengan entidad suficiente para enervar la presunción de inocencia, debe establecerse responsabilidad penal contra el encausado sometido a dicho proceso.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 23/01/2017 · Exp. 000266-2015
Concurso real de delitos. Sumilla. Cuando concurran varios hechos punibles que deban considerarse como otros tantos delitos independientes, se sumarán las penas privativas de libertad que fije el juez para cada uno de ellos hasta un máximo del doble de la pena del delito más grave, no pudiendo exceder de treinta y cinco años.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 10/01/2017 · Exp. 000106-2015
Suficiencia probatoriaSUMILLA. Cuando las pruebas de cargo obrantes en un determinado proceso penal tengan entidad suficiente para enervar la presunción de inocencia, debe establecerse responsabilidad penal contra el encausado sometido a dicho proceso.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 20/10/2016 · Exp. 002451-2014
Actividad probatoria suficiente, eficaz y apta. Sumilla. La presunción de inocencia es una garantía fundamental que la Constitución Política del Perú y la Ley Procesal penal ofrecen al procesado, la cual ha sido enervada por el despliegue de una actividad probatoria suficiente, eficaz y apta.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 11/10/2016 · Exp. 000283-2016
Suficiencia probatoria Sumilla. Cuando las pruebas de cargo obrantes en un determinado proceso penal tengan entidad suficiente para enervar la presunción de inocencia debe establecerse responsabilidad penal contra el encausado sometido a dicho proceso.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 05/09/2016 · Exp. 003323-2014
Sindicación de la víctimaSUMILLA. El testimonio de la víctima se eleva a la categoría de prueba con contenido acusatorio, suficiente para enervar la presunción de inocencia del imputado, pero siempre que reúna los requisitos de coherencia, persistencia, solidez y ausencia de incredibilidad subjetiva, y que no se vulnere el derecho a un proceso con las debidas garantías procesales.