EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 001214-2015
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 08/06/2017 · Exp. 001214-2015
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 08/06/2017 · Exp. 001214-2015
La declaración incriminatoria del coprocesado, realizada dentro de los marcos del Acuerdo Plenario N.° 02-2005/CJ-116, tiene entidad para ser considerada como prueba válida de cargo y, por ende, virtualidad procesal para enervar la presunción de inocencia del imputado.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Segunda Sala Penal Transitoria · 27/02/2017 · Exp. 003433-2015
En el presente caso, se ha formado convicción acerca de la culpabilidad del procesado, para lo cual, se ha ponderado la estructura probatoria de la declaración del coimputado, de conformidad con el Acuerdo Plenario número 02-2005/CJ-116, de fecha treinta de setiembre de cinco. Las notas de fiabilidad y suficiencia del testimonio incriminatorio han sido cumplidos cabalmente. Las…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 21/02/2017 · Exp. 000820-2015
La exigencia del parámetro de corroboración del contenido de la declaración del coimputado como única prueba de cargo. Sumilla. La declaración del coimputado tendrá verosimilitud cuando su contenido sea corroborado mínimamente con otros datos externos a la misma; sin embargo, la determinación de la suficiencia de la corroboración no se puede sustentar en cualquier aspecto del contenido de la misma, sino…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 17/01/2017 · Exp. 001963-2016
El relato del agraviado acredita la responsabilidad del acusado, pues no hayánimo perverso en su contra, es verosímil,corroborada con la declaración del coacusado y persistente, cumpliéndose el Acuerdo Plenario número dos-dos mil cinco/CJ-cientodieciséis.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 12/01/2017 · Exp. 001615-2016
LA PRUEBA, dentro de estas instituciones procesales, una de las más importantes es la prueba, aquella que permitirá que el juez, determine los hechos objeto del proceso penal. Se ha formado convicción acerca de la culpabilidad del procesado, para lo cual, se pondera la estructura probatoria de la declaración del coimputado, de conformidad con el Acuerdo Plenario número 02-2005…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 10/10/2016 · Exp. 001967-2014
La declaración del coimputado. Sumilla. La declaración contradictoria del coimputado que no ha sido corroborada con otra prueba, no tiene entidad para enervar la presunción de inocencia.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 06/09/2016 · Exp. 003085-2015
el testimonio del coacusado puede ser prueba de cargo.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 09/08/2016 · Exp. 003145-2015
Cuando declara un coimputado sobre un hecho de otro coimputado, y que a la vez se trata de hechos propios ya que ellos mismos los han cometido conjuntamente, por lo que su condición no es asimilable a la de testigo, aun cuando es de reconocer que tal testimonio puede ser utilizado para formar convicción judicial -no existe por ese hecho…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 19/05/2016 · Exp. 002148-2015
Los medios probatorios actuados permiten generar certeza de la responsabilidad penal del encausado Mamani Macedo, por ende, la sentencia condenatoria cuestionada con el recurso de nulidad debe mantenerse.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 22/03/2016 · Exp. 000585-2015
El cambio de versión del coimputado no necesariamente inhabilita la declaración para ser apreciada judicialmente, en la medida en que el conjunto de sus declaraciones serán sometidas a debate y análisis, por lo que el juzgador puede optar por la que considere adecuada, tal como se establece en el Acuerdo Plenario N.° 2-2005/CJ-116.