EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 000920-2023
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 30/05/2024 · Exp. 000920-2023
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 30/05/2024 · Exp. 000920-2023
La conformidad procesal se materializa a través de un acto unilateral del imputado y que es avalado por su defensa. Consiste en admitir y reconocer los hechos que son imputados en la acusación fiscal y aceptar las consecuencias jurídico penales y civiles. De esa manera el procesado renuncia a la actuación de pruebas. En el Acuerdo Plenario 5 2008/CJ…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 20/09/2022 · Exp. 000981-2021
NO HABER NULIDAD EN LA PENA IMPUESTA: DOSIMETRÍA PENAL ACORDE CON LOS HECHOS SUSCITADOSLa defensa considera en su recurso, que le corresponde una rebaja adicional de la pena impuesta. La Sala Superior a partir del extremo mínimo de la pena, esto es, de seis años de privación de libertad le rebajó el séptimo como bonificación por conclusión anticipada de juicio…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 04/02/2019 · Exp. 001036-2018
Este Tribunal Supremo solo puede pronunciarse respecto al estricto ámbito del recurso, y así confirmar o reducir las penas impuestas, en atención a lo previsto en el artículo trescientos, inciso uno, del Código de Procedimientos Penales y el respeto del principio de no reforma en peor.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 22/01/2018 · Exp. 002653-2016
Se ha acreditado la responsabilidad penal de la encausada; asimismo, el Colegiado Superior ha cumplido con fundamentar los motivos para determinar la sanción impuesta, por lo que la sentencia recurrida debe mantenerse.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 28/08/2017 · Exp. 001785-2016
En los supuestos de conformidad procesal, la pena podrá graduarse entre un séptimo o menos de la pena que correspondería imponerse al imputado por el delito que cometió.