EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 001624-2015
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 28/09/2016 · Exp. 001624-2015
La actividad probatoria realizada en el proceso debe ser suficiente, es decir, que las pruebas actuadas en el proceso estén referidas al hecho criminal que se le imputa al encausado, las que deben ser incriminatorias, para con ello sostener un fallo condenatorio.