EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 001388-2015
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 06/06/2017 · Exp. 001388-2015
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 06/06/2017 · Exp. 001388-2015
Cuando los datos existentes no son idóneos, ni concluyentes para arribar a la plena certidumbre sobre el delito o la responsabilidad de un acusado, la insuficiencia de elementos incriminatorios conduce a la absolución.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 17/04/2017 · Exp. 001562-2015
La falta de examen pericial no es causal de nulidad, puesto que es posible exceptuar su práctica cuando el dictamen o informe no requiera de verificaciones de fiabilidad adicionales o cuando su contenido está integrado por aportes técnicos consolidados que no solo se basan en hechos apoyados exclusivamente por la percepción de una persona.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 29/03/2017 · Exp. 002865-2013
Sumilla. La prescripción de la acción penal, como causa de extinción de la pretensión punitiva estatal, opera por el simple transcurso del tiempo tras la comisión del delito, de no mediar interrupciones normativamente establecidas.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 22/03/2017 · Exp. 000752-2015
Principio de jerarquíaSUMILLA. El carácter persecutorio del proceso penal, a cargo de la Fiscalía, impide, en este caso, proseguir con la causa. El recurso de nulidad carece de virtualidad ante la posición no incriminatoria del Fiscal Supremo; y si este no encuentra razones para continuar con la persecución penal y mantener viva la pretensión procesal, no corresponde al órgano jurisdiccional…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 15/02/2017 · Exp. 001479-2015
. i) Respecto del camión, el apoderamiento, al no haber sido siquiera precisado fácticamente, no tiene base real autónoma y, por ende, es de concluir que el delito de peculado no existe. En el cargo de colusión si bien se está ante un indicio, pero por ser único no es suficiente para inferir la realidad de una concertación previa. En esa…