EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 002368-2017
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 16/05/2018 · Exp. 002368-2017
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 16/05/2018 · Exp. 002368-2017
Sumilla. Bajo las reglas del principio de jerarquía, si el órgano fiscal superior no respalda el recurso del inferior, se diluye la pretensión.En la determinación de la copenalidad, ha de existir proporcionalidad respecto de la privación de libertad; no obstante, esta regla no resulta de aplicación mecánica si se lesionó la razonabilidad al momento de imponer la prisión.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 02/05/2018 · Exp. 000200-2018
En el caso materia de examen, las pruebas que fueron incorporadas en el curso del proceso, donde se respetaron los principios que regulan la actividad probatoria, otorgan convicción y certeza a este Supremo Colegiado respecto a la responsabilidad del procesado.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 24/01/2018 · Exp. 000012-2017
El peculado es un delito especial, característico de los injustos funcionariales. El círculo de sujetos activos se concreta en razón de la actuación funcional, en que se apropian o utilizan caudales o efectos, cuya administración, percepción o administración le fueron confiadas en mérito al cargo.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 17/01/2018 · Exp. 000158-2017
La pericia contable efectuado por los peritos judiciales determinó que la obra materia de análisis no generó perjuicio al patrimonio del Estado (Municipalidad de Chingas), por lo que al faltar este elemento objetivo, el delito de peculado no se configura
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 28/09/2017 · Exp. 000286-2015
La sentencia recurrida fue construida sobre la base de la suficiencia probatoria. Sumilla. La prueba actuada a lo largo del proceso penal fue suficiente para crear certeza en el Colegiado Superior; por lo que la sentencia impugnada fue emitida conforme a Ley.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 07/08/2017 · Exp. 002534-2016
El peculado es un delito especial, característico de los injustos funcionariales. El círculo de sujetos activos se concreta en razón de la actuación funcional, en que se apropian o utilizan caudales o efectos, cuya administración, percepción o administración le fueron confiadas en mérito al cargo.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 17/07/2017 · Exp. 001302-2016
La reparación civil contempla la devolución del bien afectado, cuando ello sea posible, y la indemnización por daños y perjuicios. El monto fijado debe resarcir los efectos de la acción criminal del procesado y por ende no puede resultar en un concepto meramente simbólico.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 31/05/2017 · Exp. 000818-2016
En el caso materia de examen, las pruebas que fueron incorporadas en el curso del proceso, donde se respetaron los principios que regulan la actividad probatoria, alcanzan convicción y certeza a este Supremo Colegiado, respecto a la responsabilidad de los procesados.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 29/05/2017 · Exp. 000090-2016
En el caso analizado, las pruebas que fueron incorporadas en el curso del proceso, donde se respetaron los principios que regulan la actividad probatoria, alcanzan convicción y certeza a este Supremo Colegiado, con relación a la responsabilidad del procesado.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 17/05/2017 · Exp. 000920-2015
1] El criterio de la instancia fiscal de mayor jerarquía desautoriza la pretensión del órgano de menor nivel funcional, al ser un cuerpo organizado escalonadamente. [2] La prueba actuada a lo largo del presente proceso penal es suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia que asiste al acusado; por lo que la sentencia impugnada fue emitida conforme a ley.