EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 001894-2023
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 03/03/2026 · Exp. 001894-2023
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 03/03/2026 · Exp. 001894-2023
El recurrente no expuso las razones por las que la motivación de la Sala Superior atenta contra sus derechos fundamentales. De modo que, al amparo de lo dispuesto en el artículo 428 del Código Procesal Penal y por la facultad discrecional que posee esta instancia, corresponde declarar la inadmisibilidad del recurso de casación presentado.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 24/02/2026 · Exp. 000117-2023
Sin sumilla oficial. El texto completo está en el PDF.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 21/04/2025 · Exp. 002624-2022
Casación ordinaria inadmisibleI. Dada la obligación de la Sala Suprema de verificar que el recurrente invoque expresamente las causales contenidas en el artículo 429 del CPP para determinar que el recurso esté justificado externamente en alguna de las referidas causales, como lo ordena el artículo 432 del CPP, en concordancia con el inciso 6, in fine, del artículo 430 del…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 18/10/2022 · Exp. 001868-2021
De la revisión del presente recurso, se advierte que, a pesar de las causales invocadas, la pretensión objetiva de la sentenciada recae en la obtención de una revaloración probatoria, no obstante, no realizó una debida fundamentación del recurso, pues no invocó ni fundamentó las causales contenidas en el artículo 429 del Código Procesal Penal.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 17/08/2022 · Exp. 001152-2021
El recurrente propone en su recurso de casación la afectación al derecho de la debida motivación; no obstante, de la revisión de sus agravios, se verifica que estos fueron absueltos por la Sala Superior. De esta manera, pretende que este Tribunal Supremo actúe como una tercera instancia, lo que desnaturalizaría el objeto del recurso de casación.