EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 000010-2020
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 09/04/2021 · Exp. 000010-2020
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 09/04/2021 · Exp. 000010-2020
En el marco de análisis, el problema jurídico a determinar, es: ¿Si respecto a la excepción al pago de la reparación civil, como regla de conducta, el casacionista acreditó o no una efectiva imposibilidad de pago, respecto a sus ingresos, vinculadas a la manutención de sus hijas y esposa, y si estas se tratan de situaciones sobrevenidas o preexistentes?, lo…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 16/07/2020 · Exp. 000898-2019
Inadmisibilidad del recurso de casación. El planteamiento del recurso de casación excepcional debe ser conforme a las exigencias del artículo 430, inciso 3, del Código Procesal Penal, que prevé, como presupuesto procesal formal, que se precisen las razones específicas necesarias para sostener el acceso excepcional al recurso de casación, las cuales, por lo demás, deben estar dirigidas a un ámbito de…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 24/04/2020 · Exp. 000942-2019
Sumilla. no está en discusión la propia condena por el delito de omisión de asistencia familiar -el juicio de culpabilidad-. Se cuestiona los alcances del artículo 57 del Código Penal, esto es, los requisitos para suspender condicionalmente la ejecución de la pena de privación de libertad. Es evidente que uno de los requisitos para su aplicación es que la pena…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 11/10/2019 · Exp. 001917-2018
La propuesta de desarrollo de doctrina jurisprudencial planteada por la agraviada, parte de supuestos fácticos que no pueden ser analizados en sede de casación, esto es, posibles circunstancias o vínculos entre el acusado con su empresa empleadora que habrían permitido un irregular pago de la obligación alimentaria; ello, en todo caso, debió ser merituado en las instancias judiciales inferiores, con…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 12/04/2019 · Exp. 001621-2018
Cuando se invoca la modalidad excepcional de casación, además de cumplir con las exigencias propias de este instituto, reguladas en la norma procesal, se deben exponer puntualmente las razones que justifican el desarrollo de la doctrina jurisprudencial. Adicionalmente, debe precisarse que el delito de omisión de asistencia familiar es un delito instantáneo y de efectos permanentes, que se perfecciona o…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 05/04/2019 · Exp. 000915-2018
Es inadmisible el recurso de casación interpuesto por el recurrente, si en su postulación no invocó causal alguna de las establecidas en el artículo 429°, del Código Procesal Penal para la procedencia de su recurso.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 14/11/2018 · Exp. 000933-2018
En el presente caso el planteamiento excepcional es preciso. Tiene su sustento en una sentencia vinculante y, por ende, su proyección general es indiscutible. La resolución cuestionada se apartaría de ese precedente y, por lo demás, es del caso establecer los alcances del pago tardío de la pensión alimenticia en orden a la condicionalidad de la pena impuesta. Por consiguiente…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 10/08/2018 · Exp. 000680-2018
La ley define las modalidades de notificación en los procesos civiles -nada autoriza a fijar requisitos adicionales o específicos jurisprudencialmente-; además, la ley precisó que en los delitos de omisión de asistencia familiar corresponde el proceso inmediato -es un precepto de carácter imperativo-. Lo que se plantea no es de recibo. Luego, el recurso planteado no puede ser admitido.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 07/05/2018 · Exp. 000949-2017
. En el planteamiento de casación no se expresaron los motivos para el desarrollo jurisprudencial, por lo que conforme al inciso tres, del artículo cuatrocientos treinta, del Código Procesal Penal el planteamiento debe ser desestimado.