EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 003046-2016
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 24/09/2018 · Exp. 003046-2016
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 24/09/2018 · Exp. 003046-2016
Sumilla. La prueba de cargo actuada, en consecuencia, acredita la intervención en un contexto delictivo del encausado -existe prueba de cargo o inculpatoria lícita, fiable, plural, concordante entre sí y suficiente-. La falsificación documental es, igualmente, patente, y su objetivo era evitar capturas, ocultarse y poder desenvolverse libremente e, incluso, ir al Ecuador. Incluso se agrega un indicio complementario pues…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 26/04/2018 · Exp. 000880-2016
El delito de lavado de activos requiere, para su configuración típica, un incremento notorio del patrimonio personal del procesado, a efectos de probar la efectiva relevancia en el ámbito del derecho penal y fundamentar la sanción correspondiente.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 21/03/2018 · Exp. 001641-2017
El delito de lavado de activos requiere, para su configuración típica, un incremento notorio del patrimonio personal de la persona, lo cual es un requisito material del referido delito a efectos de probar la efectiva relevancia en el ámbito del Derecho Penal y fundamentar la sanción correspondiente.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 26/04/2017 · Exp. 002310-2015
Si la prueba indiciaria establece la vinculación de los imputados con prácticas de lavado de activos y el desbalance patrimonial detectado por la pericia oficial fortalece la condena impuesta, esta debe confirmarse.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 26/04/2016 · Exp. 001712-2014
Absolución por atipicidad. Sumilla. El artículo doscientos noventa y seis A, del Código Penal, requiere de la presencia de un delito fuente, que es el tráfico ilícito de drogas, por lo que al haberse cometido tal después de la comisión del delito de lavado de activos, el hecho no es típico.