EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 002818-2016
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 09/11/2017 · Exp. 002818-2016
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 09/11/2017 · Exp. 002818-2016
En el caso analizado, las pruebas que fueron incorporadas en el curso del proceso, donde se respetaron los principios que regulan la actividad probatoria, alcanzan convicción y certeza a este Supremo Colegiado, con relación a la responsabilidad del procesado.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 24/07/2017 · Exp. 000754-2016
Si bien se acreditó la materialidad del delito de homicidio no existe prueba que verifique la agravante de alevosía imputada al procesado, la que además tampoco fue debidamente precisada por el Ministerio Público, por lo que corresponde que se adecúe la figura de homicidio calificado a simple.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 10/07/2017 · Exp. 000704-2016
Los testigos y circunstancias acreditadas determinaron que el acusado actuó sobre seguro. Además de la pluralidad de agentes y el uso de arma de fuego, la víctima fue agredida cuando estaba indefensa.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 20/06/2017 · Exp. 000462-2016
Suficiencia probatoriaSUMILLA. Cuando las pruebas de cargo obrantes en un determinado proceso penal tengan entidad suficiente para enervar la presunción de inocencia, debe establecerse responsabilidad penal contra el encausado sometido a dicho proceso.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 27/04/2017 · Exp. 002100-2015
La sentencia se emitió acorde a Ley. El juicio histórico declarado probado se sustentó en suficiente prueba de cargo que desvirtuó la presunción de inocencia que asistía al encausado.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 16/03/2017 · Exp. 000988-2015
La negativa del encausado y la explicación de la sindicación en el móvil de venganza, incluso por adeudos económicos, no tienen justificación alguna. Las sindicaciones de la agraviada, su hija y de las vecinas que la auxiliaron, son coherentes y circunstanciadas, se confirman entre sí, y tienen fundamento objetivo. Se trata, entonces, de prueba fiable, concordante, corroborada y suficiente; luego…