EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 002081-2014
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 09/10/2014 · Exp. 002081-2014
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 09/10/2014 · Exp. 002081-2014
Sin sumilla oficial. El texto completo está en el PDF.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 25/09/2014 · Exp. 000283-2014
En la sentencia condenatoria se deben apreciar las pruebas, en que se funda la culpabilidad, las circunstancias del delito, la pena que debe sufrir el imputado, así como la reparación civil que debe pagar a favor de la parte agraviada
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 19/08/2014 · Exp. 002003-2013
La reducción prudencial de la pena por su condición de agente con responsabilidad restringida -establecida por el artículo veintidós del Código Penal- es de aplicaciónfacultativa para el operador de justicia, no debiéndose aplicar de manera automática.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 23/06/2014 · Exp. 003195-2013
La conformidad consta de dos elementos materiales: I) El reconocimiento de hechos. II) La declaración de voluntad del acusado, a través de la cual expresa, de forma libre, consiente. personal y formal. la aceptación de las consecuencias jurídico penales y civiles derivadas del delito.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 18/06/2014 · Exp. 001735-2013
Sin sumilla oficial. El texto completo está en el PDF.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 02/06/2014 · Exp. 002848-2013
La reparación civil no se fija respecto a lacapacidad económica del agente que generó el daño, sino en torno a la magnitud del dañocausado.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 27/05/2014 · Exp. 001751-2013
La reducción de la pena. que conlleva la conformidad procesal, siempre será menor de la sexta parte fijada en el vigente artículo cuatrocientos setenta y uno del Nuevo Código Procesal Penal -vigente en todo el territorio nacional-,