EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 001891-2023
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 27/04/2026 · Exp. 001891-2023
En el caso, el recurrente fundamentó sus agravios, vinculándolo a la vulneración al debido proceso (legalidad procesal). Por lo tanto, al existir la justificación correspondiente, de conformidad con el numeral 6 del artículo 430 del CPP, el recurso de casación debe ser admitido por la causal 1 del artículo 429 del CPP.