EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Revisión de Sentencia N.º 000217-2022
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 18/01/2024 · Exp. 000217-2022
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 18/01/2024 · Exp. 000217-2022
Improcedente la demanda de revisión. No se configura el supuesto de procedencia invocado en la demanda al no haberse presentado elementos de juicio pertinentes y de elevada fuerza acreditativa. En consecuencia, la demanda de revisión de sentencia es improcedente.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 10/11/2023 · Exp. 000800-2022
El accionante no cumplió con sustentar su demanda de revisión y mucho menos fundamentó las causales de procedibilidad invocada, prevista en el artículo 439 del Código Procesal Penal, por lo que no se satisface la necesidad que la demanda de revisión plantea y resulta insubsistente.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 12/08/2022 · Exp. 000090-2022
Improcedencia de la demanda de revisión. Dado que la demanda de revisión no reúne el requisito previsto en el artículo 441, numeral 1, literal b, del Código Procesal Penal, esto es, que los hechos en que se funda no se corresponden con las notas esenciales de las causales invocadas, y haciendo efectivo el apercibimiento decretado (no acompañó copias certificadas de las…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 12/05/2022 · Exp. 000394-2021
Improcedente de la demanda de revisión de sentencia. Siendo que el sentenciado Maximina Huamán Matta Viuda de Huamán no justificó la causal de revisión, no es posible admitir a trámite la demanda incoada.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 03/03/2022 · Exp. 000427-2021
La acción de revisión es excepcional y su fundamento reside en la necesidad de consolidar y preservar derechos y principios tales como la defensa, la presunción de inocencia y la tutela jurisdiccional.La norma penal -artículo 22 del Código Penal- se erige como una eximente imperfecta por responsabilidad restringida en razón de la edad.Las restricciones de la responsabilidad atenuada…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 04/11/2021 · Exp. 000203-2021
Acción de revisión de sentencia improcedente. La rescisión de una sentencia condenatoria solo puede fundarse en los motivos establecidos en el artículo cuatrocientos treinta y nueve del Código Procesal Penal.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 28/10/2021 · Exp. 000175-2021
Improcedencia la demanda de revisión de sentencia. La revisión de sentencia está supeditada a la concurrencia de uno de los presupuestos previstos en el artículo 439 del Código Procesal Penal. De lo contrario deviene en desestimable.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 18/09/2020 · Exp. 000484-2019
La demanda de revisión es declarada improcedente por cuanto no cumple con precisar causal alguna para su admisión, de conformidad con el literal b), del numeral 1, del artículo 441, del Código Procesal Penal; además, los argumentos expuestos no guardan relación con la naturaleza y fines de una revisión, al pretender un reexamen fáctico y probatorio.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 18/08/2020 · Exp. 000086-2020
DECLARAR IMPROCEDENTE la demanda de revisión de sentencia interpuesta por la defensa del sentenciado JOSÉ ARMANDO TTITO CUSI contra la sentencia del veintiséis de julio dos mil diecisiete, emitida por el Segundo Juzgado Penal Colegiado de la Corte Superior de Justicia de Cañete, que lo condenó como coautor del delito contra salud pública en la modalidad de tráfico ilícito de…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 13/08/2020 · Exp. 000107-2020
Los argumentos del demandante no guardan relación con la causal invocada referida al numeral 3, del artículo 439, del Código Procesal Penal, pretendiéndose una revaloración probatoria acerca de actuaciones que ocurrieron durante el juicio oral e incluso en la etapa previa de investigación. Por lo tanto, la demanda de revisión de sentencia deviene en improcedente.