EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Revisión de Sentencia N.º 000332-2022
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 18/04/2024 · Exp. 000332-2022
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 18/04/2024 · Exp. 000332-2022
En el caso, las pruebas aportadas en esta Sala Suprema carecen de potencialidad y eficacia para rescindir la sentencia condenatoria. Por lo tanto, en virtud del artículo 443, numeral 1, del Código Procesal Penal, la demanda evaluada será declarada improcedente.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 25/07/2019 · Exp. 000027-2019
La acción de revisión de sentencia constituye una excepción a la inmutabilidad de las sentencias firmes. Solo procede cuando se presentan las causales taxativamente previstas por el artículo 439 del Código Procesal Penal, y no es factible acudir a cuestiones diversas para obtener una revisión.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 04/04/2019 · Exp. 000421-2018
Por su naturaleza extraordinaria, la revisión amparada en la causal de prueba nueva está destinada a rescindir condenas firmes en los casos en los que se ofrezcan elementos no valorados previamente por el Tribunal y que pongan en crisis el juicio de condena, lo que no se verificó en el presente caso.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 14/03/2019 · Exp. 000191-2018
Hecho o prueba nueva. La aparición de nueva prueba o nuevo hecho capaz de enervar un fallo judicial condenatorio, con autoridad de cosa juzgada, debe ser lo suficientemente idóneo para cumplir su finalidad. Al no verificarse este presupuesto, la acción de revisión debe ser declarada improcedente.