EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Revisión de Sentencia N.º 000292-2021
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 16/11/2022 · Exp. 000292-2021
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 16/11/2022 · Exp. 000292-2021
Existió de parte del recurrente mala fe al interponer su recurso de revisión, toda vez que invocó la existencia de las causales previstas en los incisos 2 y 4 del artículo 439 del Código Procesal Penal, referido el primero a la existencia de una sentencia que contradice los fundamentos del proceso del que derivo su condena y la segunda referida…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 01/08/2022 · Exp. 001486-2021
INADMISIBLE
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 29/09/2020 · Exp. 000286-2019
El fundamento propuesto por el recurrente no evidencia un verdadero interés casacional, dado que no está referido a unificar interpretaciones o la correcta interpretación de una norma
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 04/08/2020 · Exp. 000277-2019
Los argumentos propuestos por los recurrentes no evidencian la necesidad de desarrollo jurisprudencial, por lo que conforme al inciso tres, del artículo cuatrocientos treinta, del Código Procesal Penal el planteamiento debe ser desestimado.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 25/07/2019 · Exp. 000027-2019
La acción de revisión de sentencia constituye una excepción a la inmutabilidad de las sentencias firmes. Solo procede cuando se presentan las causales taxativamente previstas por el artículo 439 del Código Procesal Penal, y no es factible acudir a cuestiones diversas para obtener una revisión.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 04/04/2019 · Exp. 000421-2018
Por su naturaleza extraordinaria, la revisión amparada en la causal de prueba nueva está destinada a rescindir condenas firmes en los casos en los que se ofrezcan elementos no valorados previamente por el Tribunal y que pongan en crisis el juicio de condena, lo que no se verificó en el presente caso.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 11/11/2016 · Exp. 000321-2016
Si el recurrente invoca el numeral 4, del artículo 427, del CPP (excepcionalidad de la casación) debe cumplir con fundamentar de manera puntual y acabada el interés casacional que pretende; de lo contrario, no corresponde admitirlo.