EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 002217-2015
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 02/12/2015 · Exp. 002217-2015
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 02/12/2015 · Exp. 002217-2015
La conducta receptora (ayudar a negociar) requiere que su autor se ofrezca a mediar o se manifieste para iguales efectos como mandatario de los autores de los delitos previos.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 16/09/2015 · Exp. 000900-2015
Las pruebas de cargo permiten sustentar. la responsabilidad penal del procesado en el delito incriminado.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 09/09/2015 · Exp. 003587-2014
Por reglas de la lógica, no existe otra explicación para que los extorsionadores sepan de los datos de la acusada y esta haya cobrado el dinero producto del delito, que no sea que haya formado parte del plan criminal para despojar de su patrimonio al agraviado.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 07/07/2015 · Exp. 002265-2014
Está debidamente acreditado en autos la comisión del presente ilícito penal, así como la responsabilidad penal de los encausados, asimismo los hechos imputados en el presente caso fueron subsumidos correctamente en el delito de extorsión.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 11/06/2015 · Exp. 001374-2014
la valoración de los medios de prueba debe ser conjunta.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 03/06/2015 · Exp. 002625-2014
Los medios probatorios que sustentan la vinculación de los encausados, en el presente ilícito penal, están debidamente acreditados en autos; así como su responsabilidad penal, al tenerse la sindicación directa, coherente y persistente de los testigos de cargo.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 10/03/2015 · Exp. 001901-2014
Debe mantenerse la sentencia condenatoria si en autos se logró acreditar la responsabilidad penal del encausado, más allá de toda duda razonable.