EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 001976-2018
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 15/07/2019 · Exp. 001976-2018
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 15/07/2019 · Exp. 001976-2018
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 06/06/2019 · Exp. 001220-2018
Cuando se invoca la casación excepcional, no basta con pretender que un tema se desarrolle ni expresar argumentos genéricos sobre la supuesta correcta aplicación de la ley; lo esencial es que se justifique la presencia de un genuino interés casacional.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 14/01/2019 · Exp. 000681-2018
Cuando se invoca la casación excepcional, no basta con pretender que un tema se desarrolle, ni expresar argumentos genéricos sobre la correcta aplicación de la ley a criterio de cada recurrente; lo esencial es la justificación sobre la presencia de un genuino interés casacional.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 21/11/2018 · Exp. 001000-2018
Inadmisibilidad del recurso de casación excepcional. Sumilla. El recurrente invocó la casación excepcional; no obstante, no expresó razones serias y fundadas que justifiquen el desarrollo de la doctrina jurisprudencial. Por consiguiente, esta Suprema Corte estima que no se circunscribe la presencia de un verdadero interés casacional.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 06/11/2018 · Exp. 000617-2018
Cuando se invoca la casación excepcional, no basta con pretender que un tema se desarrolle ni expresar argumentos genéricos sobre la correcta aplicación de la ley a criterio de cada recurrente; lo esencial es la justificación sobre la presencia de un genuino interés casacional.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 25/10/2018 · Exp. 000937-2018
Cuando se invoca la casación excepcional no basta con pretender que un tema se desarrolle ni expresar argumentos genéricos sobre la supuesta correcta aplicación de la ley; lo esencial es que se justifique la presencia de un genuino interés casacional.