EJECUTORIA SUPREMA · EXTRADICIÓN ACTIVA
Extradición Activa N.º 000017-2021
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 13/04/2021 · Exp. 000017-2021
La solicitud de extradición formulada en contra del reclamado debe ser declarada procedente, al haberse cumplido con los presupuestos materiales y formales, en el marco de las relaciones internaciones entre las repúblicas de Perú y Argentina, así como el procedimiento interno previsto en los artículos quinientos veinticinco y quinientos veintiséis del Código Procesal Penal vigente.