EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 000643-2018
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 09/11/2018 · Exp. 000643-2018
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 09/11/2018 · Exp. 000643-2018
SUMILLA. Cuando se invoca la casación excepcional el recurrente deberá consignar adicional y puntualmente las razones que justifican el desarrollo de la doctrina jurisprudencial que pretende, de conformidad con lo establecido en el inciso tres del artículo cuatrocientos treinta del Código Procesal Penal; en caso contrario deberá declararse inadmisible el recurso interpuesto.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 22/06/2018 · Exp. 000074-2018
SUMILLA. La casación excepcional ha de circunscribirse por presencia de un verdadero interés casacional para la unificación de interpretaciones contradictorias; por afirmación de la jurisprudencia de la máxima instancia judicial frente a errores de los tribunales; o por la necesidad de obtener una interpretación correcta de específicas normas de derecho.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 08/06/2018 · Exp. 001684-2017
Sumilla. Invoca las causales, previstas en el inciso uno y cuatro del artículo cuatrocientos veintinueve del Código Procesal Penal; sin embargo, la argumentación realizada no se condice con la naturaleza que regula este medio impugnatorio, pues se contrae a cuestionar el análisis probatorio que ha realizado el órgano judicial.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 29/05/2018 · Exp. 001303-2017
Sumilla. La función de la Corte Suprema, al calificar el recurso de casación, reside en supervisar si los órganos jurisdiccionales, en las resoluciones que emitieron, cumplieron con garantizar los derechos materiales y procesales que asiste a las partes, sin afectación de los derechos fundamentales reconocidos constitucionalmente; razón por la que la revaloración de medios de prueba no resulta argumento válido…