EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 001238-2023
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 28/08/2024 · Exp. 001238-2023
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 28/08/2024 · Exp. 001238-2023
El cumplimiento de los presupuestos que disciplinan el derecho al recurso constituye una carga procesal de obligatoria realización para el impugnante, como preludio a su admisión y conocimiento por parte del órgano jurisdiccional.Los recursos de nulidad formulados excedieron los plazos procesales establecidos en la norma adjetiva, específicamente relacionados con la interposición del recurso de nulidad.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 25/06/2024 · Exp. 001373-2023
El cumplimiento de los presupuestos que disciplinan el derecho al recurso constituye una carga procesal de obligatoria realización para el impugnante, como preludio a su admisión y conocimiento por parte del órgano jurisdiccional.Los recursos de nulidad formulados excedieron los plazos procesales establecidos en la norma adjetiva, específicamente relacionados con la interposición del recurso de nulidad.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 14/03/2024 · Exp. 001863-2023
1. Para la procedencia del recurso de nulidad, además de los requisitos y formalidades prescritos en los artículos 295 y 300 del Código de Procedimientos Penales (C de PP en adelante), es también necesario que la resolución que se impugna esté comprendida en los supuestos establecidos en el artículo 292 del citado Código adjetivo. 2. En el presente caso, el…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 17/10/2023 · Exp. 000610-2023
INADMISIBLES LOS RECURSOS DE NULIDADSe trata de un supuesto que no está previsto en el artículo 292 del C de PP; y, en ese sentido, no cumple con el presupuesto de objeto impugnable que condiciona su admisibilidad. Por tanto, debe declararse nulo el concesorio de los recursos e inadmisibles los mismos.