EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 000979-2022
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 06/10/2023 · Exp. 000979-2022
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 06/10/2023 · Exp. 000979-2022
Hechos probados en sentencia1.Si se asumen hechos como incontrovertibles o probados, es exigencia procesal que el Tribunal Superior sustente de manera suficiente e idónea tales conclusiones. 2.Por consiguiente, dar un hecho como que &ora en vía de imp", implica que las partes se han puesto de acuerdo sobre dicho suceso y no pesan cuestionamientos al respecto. En…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 22/07/2019 · Exp. 001577-2018
Los hechos declarados probados no pueden ser cuestionados en sede casatoria, salvo que se produzca un error patente en la interpretación o aplicación de las reglas procesales sobre la prueba.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 06/05/2019 · Exp. 001067-2018
Los hechos declarados probados no pueden ser cuestionados en sede casatoria, salvo que se produzca un error patente en la interpretación o aplicación de las reglas procesales sobre la prueba.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 14/01/2019 · Exp. 000749-2018
Los hechos declarados probados no pueden ser cuestionados en sede casatoria, salvo que se produzca un error patente en la interpretación o aplicación de las reglas procesales sobre la prueba.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 11/01/2019 · Exp. 000828-2018
Los hechos declarados probados no pueden ser cuestionados en sede casatoria, salvo que se produzca un error patente en la interpretación o aplicación de las reglas procesales sobre la prueba.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 02/05/2017 · Exp. 001426-2015
Conclusión anticipada del juicio SUMILLA. La institución de la conformidad tiene por objeto la pronta culminación del proceso -en concreto, del juicio oral-, a través de un acto unilateral del imputado y su defensa de reconocer los hechos objeto de imputación, concretados en la acusación fiscal, y aceptar las consecuencias jurídicas penales y civiles correspondientes