EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 000781-2018
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 04/12/2018 · Exp. 000781-2018
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 04/12/2018 · Exp. 000781-2018
Se declara bien concedido el recurso de casación excepcional debido a que la entidad impugnante justificó claramente el desarrollo de doctrina jurisprudencial solicitado.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 16/11/2018 · Exp. 000779-2018
La casación excepcional tiene un carácter discrecional por este Supremo Tribunal que verificará si los fundamentos del recurrente coadyuvarán a enriquecer y desarrollar la doctrina jurisprudencial; pues no debe limitarse a transcribir y divagar en un cúmulo de teorías, sino que deberá argumentar: a. La justificación que propone para el desarrollo de la doctrina jurisprudencial. b. El estado de la…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 09/11/2018 · Exp. 000512-2018
Para la procedencia del recurso de casación excepcional, el recurrente debe precisar puntualmente las razones que justifican el desarrollo de la doctrina jurisprudencial que pretende.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 09/11/2018 · Exp. 000504-2018
La casación excepcional, contenida en el artículo cuatrocientos veintisiete, inciso cuatro, del Código Adjetivo, respecto a la necesidad del desarrollo de doctrina jurisprudencial, sobre algún tema, asunto o cuestión que amerite interés casacional; no obstante, a lo largo del desarrollo de recurso no consignaron adicional y puntualmente, las razones que hubieren justificado el desarrollo de la doctrina jurisprudencial que pretenden…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 28/10/2018 · Exp. 000813-2018
La casación excepcional tiene un carácter discrecional por este Supremo Tribunal, que verificará si los fundamentos del recurrente enriquecerán o desarrollarán la doctrina jurisprudencial; pues no solo debe transcribir y divagar en un cúmulo de teorías sino que debe argumentar: a. La justificación que propone para el desarrollo de la doctrina jurisprudencial. b. El estado de la cuestión, es decir…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 26/10/2018 · Exp. 000449-2018
CASACIÓN EXCEPCIONALSUMILLA. El recurso de casación excepcional planteado por el recurrente no cumple con los requisitos de admisibilidad específicos previstos en el artículo 430, inciso 3, del Código Procesal Penal, porque contraviene sus caracteres de ser un recurso extraordinario y de cognición limitada; por lo que no puede calificársele de bien concedido, sino debe ser declarado inadmisible en aplicación a…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 05/10/2018 · Exp. 000644-2018
El recurso de casación excepcional procede cuando la Sala Penal de la Corte Suprema considera necesario el caso para desarrollar doctrina jurisprudencial. Para su admisión resulta necesario que el recurrente precise puntualmente las razones que lo justifican.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 07/09/2018 · Exp. 000655-2018
Para la procedencia del recurso de casación excepcional, el recurrente debe precisar puntualmente las razones que justifican el desarrollo de la doctrina jurisprudencial que pretende.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 17/08/2018 · Exp. 000517-2018
Cuando se invoca la casación excepcional no basta con pretender que un tema se desarrolle ni expresar argumentos genéricos sobre la supuesta correcta aplicación de la ley; lo esencial es que se justifique la presencia de un genuino interés casacional.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 13/07/2018 · Exp. 001554-2017
El recurso de casación procede únicamente por las causales contempladas en la Ley. El recurso de casación excepcional procede cuando la Sala Penal de la Corte Suprema considera necesario el caso para desarrollar doctrina jurisprudencial; para su procedencia el recurrente debe precisar puntualmente las razones que lo justifican