EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 000443-2019
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 22/10/2020 · Exp. 000443-2019
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 22/10/2020 · Exp. 000443-2019
En sede de casación no se puede cuestionar el sentido probatorio que los órganos jurisdiccionales de instancia otorgaron a los medios de prueba actuados en juicio oral y apelación.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 14/10/2020 · Exp. 000273-2019
Se declara inadmisible el recurso de casación interpuesto, debido a que de los argumentos se desprende que el recurrente pretende una revaloración probatoria, lo cual se encuentra vetado en esta instancia.Además, el petitorio se sustentó en normativa referida a la casación extraordinaria, sin embargo, no se aprecia una fundamentación relacionada a la necesidad de desarrollo de doctrina jurisprudencial.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 01/10/2020 · Exp. 000351-2019
DECLARAR NULO el auto concesorio del catorce de enero de dos mil diecinueve (foja 187); en consecuencia, INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por la defensa del sentenciado MARLON MICHAEL GUERRA CÁCERES contra la sentencia de vista del veintiuno de diciembre de dos mil dieciocho, emitida por la Segunda Sala Penal de Apelaciones y Liquidadora de la Corte Superior de…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 24/09/2020 · Exp. 000299-2019
DECISIÓNPor estos fundamentos, los jueces y las juezas integrantes de la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, ACORDARON:I. DECLARAR NULOS los autos concesorios del trece y veinte de diciembre de dos mil dieciocho (fojas 329 y 361, respectivamente); en consecuencia, INADMISIBLES los recursos de casación interpuestos por las defensas de los sentenciados: LUIS…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 10/09/2020 · Exp. 000915-2019
Sumilla. Si el tema propuesto para el desarrollo de doctrina jurisprudencial carece de la justificación requerida, conforme lo prevé el numeral tres del artículo cuatrocientos treinta del Código Procesal Penal, solo cabe su rechazo.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 12/08/2020 · Exp. 000347-2019
DECLARAR NULO el auto concesorio del cinco de febrero de dos mil diecinueve (foja 327); en consecuencia, INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por la defensa del sentenciado ROGER CÁRDENAS PECEROS contra la sentencia de vista del veinticuatro de enero de dos mil diecinueve, emitida por la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Apurímac, que…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 30/07/2020 · Exp. 000782-2019
DECLARAR NULO el auto concesorio del seis de mayo de dos mil diecinueve (foja 365); en consecuencia, INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por la defensa del sentenciado DAVID OSCAR APAZA AMANQUI contra la sentencia de vista del diez de abril de dos mil diecinueve, emitida por la Sala Penal de Apelaciones de San Román Juliaca, de la Corte Superior…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 24/07/2020 · Exp. 000681-2019
Sumilla. Si los temas propuestos para el desarrollo de doctrina jurisprudencial carecen de la justificación requerida o en su oportunidad no fueron propuestos por la defensa, para que sean analizados por la instancia superior, acarrea el rechazo del recurso de casación.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 23/06/2020 · Exp. 000631-2019
Se declara inadmisible el recurso de casación interpuesto, debido a que se configura lacausal prevista en el literal a), del numeral 2, del artículo 428, del Código Procesal Penal.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 10/03/2020 · Exp. 001801-2019
Sumilla. El supuesto de excepcionalidad de la casación, está sujeto al cumplimiento de lo previsto en el numeral tres del artículo cuatrocientos treinta del Código Procesal Penal; caso contrario devendrá la inadmisibilidad.