EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 000399-2019
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 26/11/2019 · Exp. 000399-2019
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 26/11/2019 · Exp. 000399-2019
NULO el auto concesorio del veintiocho de enero de dos mil diecinueve (foja 1381), en consecuencia, INADMISIBLE el recurso de nulidad interpuesto por la defensa de los procesados MANUEL RUBÉN ABIMAEL GUZMÁN REINOSO Y ELENA ERNESTINA YPARRAGUIRRE REVOREDO contra la resolución del catorce de setiembre de dos mil dieciocho, emitida por el Colegiado A de la Sala Penal Nacional (en…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 01/08/2018 · Exp. 002609-2017
EXCEPCIÓN DE COSA JUZGADASumilla. La Constitución Política en su artículo ciento treinta y nueve, reconoce los principios y derechos de la función jurisdiccional, al consagrar en el inciso trece la inmutabilidad de la cosa juzgada, traducida en la prohibición de revivir procesos fenecidos.
EJECUTORIA SUPREMA · CONSULTA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 06/07/2017 · Exp. 000002-2016
La resolución venida en consulta resulta desfavorable al Estado, sin embargo, el Procurador Público no expresó sus agravios, conforme con lo dispuesto en la última parte del artículo cuatro, inciso seis, del Decreto Legislativo 923, por lo que se deberá dejar sin efecto la consulta y declarar firme la resolución recurrida.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 13/02/2017 · Exp. 001027-2016
La cosa juzgada civil, en este caso, por expreso mandato legal -del Código Penal específicamente-, no solo se refiere a las mismas partes de un eventual proceso penal, sino que se extiende, por excepción, erga omnes, a sujetos no litigantes. frente a la licitud de un hecho, relación o conducta declarada por la jurisdicción civil. Su imperatividad -como nota esencial…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 13/06/2016 · Exp. 000135-2015
La declaración de la nulidad de actuados debe respetar las decisiones de fondo que han pasado en autoridad de cosa juzgada, de lo contrario la resolución se tornaría arbitraria.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 18/04/2016 · Exp. 000355-2015
El criterio de la instancia fiscal de mayor jerarquía desautoriza la pretensión del órgano de menor nivel, al tratarse de un cuerpo jerárquicamente organizado; en consecuencia, bajo las reglas del principio acusatorio, si se diluye la imputación penal, el órgano jurisdiccional no puede proseguir con la causa, porque ya no existe carga en contra del encausado (nemo iudex sine actore…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 21/12/2015 · Exp. 000887-2015
La excepción de cosa juzgada se sustenta en el principio de que nadie puede ser perseguido dos veces por la misma causa (non bis in ídem), esto es, no pueden revivirse procesos que ya fueron materia de sentencia final, consentida o ejecutoriada.A esto se suma que la actividad probatoria es suficiente cuando las pruebas están referidas al hecho criminal…
EJECUTORIA SUPREMA · CONSULTA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 09/11/2015 · Exp. 000015-2015
En los casos de terrorismo, el Procurador Público debe expresar agravios, en la instancia correspondiente, hasta dos días antes de la vista de la causa; de no hacerlo, se declarará sin efecto la consulta y firme la resolución que la originó.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 24/08/2015 · Exp. 002746-2014
La pericia contable que corrobora las conclusiones del informe preliminar y determina la existencia de un perjuicio patrimonial al fisco, es eficaz para desvirtuar la presunción de inocencia que asistía al imputado al inicio del proceso.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 30/10/2014 · Exp. 002245-2013
La admisibilidad de la excepción de cosa juzgada está supeditada al cumplimiento de los tres supuestos previstos en el artículo cinco del Código de Procedimientos Penales; no es suficiente alegar la existencia de un delito de la misma naturaleza del que fue materia de anterior condena.