EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 001002-2020
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 12/11/2021 · Exp. 001002-2020
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 12/11/2021 · Exp. 001002-2020
Los argumentos expuestos en el recurso son de naturaleza probatoria, pretendiendo conseguir un reexamen de las pruebas. Deviene en inadmisible el recurso, al no constituir una tercera instancia ni estar previsto, esa actividad procesal, como una causal de casación.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 15/09/2021 · Exp. 000743-2020
Al no configurarse la causal invocada deviene en inadmisible el presente recurso, en amparo de lo previsto en el literal a del inciso 1 del artículo 428 del Código Procesal Penal.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 15/07/2020 · Exp. 000651-2019
El recurrente pretende que se efectúe una nueva valoración de la prueba aportada en instancias inferiores, lo cual es una situación prohibida de realizar mediante este recurso extraordinario, pues rige el principio de intangibilidad de los hechos, de conformidad con el artículo cuatrocientos treinta y dos, inciso dos, in fine, del CPP.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 01/10/2019 · Exp. 001819-2018
Inadmisibilidad del recurso de casación. Sumilla. El recurso de casación interpuesto por el representante del Ministerio Público no cumple con lo previsto en el artículo 430.3, del Código Procesal Penal.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 26/08/2019 · Exp. 001697-2018
CONTROL DE ADMISIBILIDADSUMILLA. En el recurso de casación no se puede pretender un reexamen de los medios probatorios aportados en el proceso, pues ello colisiona con su naturaleza y fines.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 14/08/2018 · Exp. 000515-2018
La admisibilidad del recurso de casación se rige por lo normado en el artículo 428 del Código Procesal Penal y normas concordantes del citado Código, cuyos requisitos deben cumplirse acabadamente para que se declare bien concedido. Los presupuestos objetivos para la admisibilidad del recurso de casación están señalados en el artículo 427 del Código acotado.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 15/05/2018 · Exp. 001575-2017
La Sala Penal de la Corte Suprema declarará la inadmisibilidad del recurso cuando carezca manifiestamente de fundamentos.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 11/05/2018 · Exp. 001096-2017
La admisibilidad del Recurso de Casación se rige por lo normado en el artículo 428 del Código Procesal Penal y normas concordantes del citado Código, cuyos requisitos deben cumplirse acabadamente para que se declare bien concedido. Los presupuestos objetivos para la admisibilidad del Recurso de Casación están señalados en el artículo 427 del Código acotado, y en autos ellos no…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 26/01/2018 · Exp. 000081-2017
Si los fundamentos del recurso de casación no resultan acordes con la naturaleza que prevé el artículo cuatrocientos veintiocho del Código Procesal Penal, corresponderá declarar la inadmisibilidad.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 19/01/2018 · Exp. 001353-2017
Si los fundamentos del planteamiento casacional no resultan acordes con lo previsto en el artículo cuatrocientos veintiocho del Código Procesal Penal, corresponderá declarar la inadmisibilidad.