EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 000131-2025
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 19/05/2025 · Exp. 000131-2025
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 19/05/2025 · Exp. 000131-2025
El canon de suficiencia de la prueba para justificar una condena debe cumplirse a partir de la configuración razonable de determinadas reglas o criterios de valoración, particularmente cuando nos encontramos ante una sindicación incriminatoria. En virtud a ello, es que mediante el Acuerdo Plenario 2-2005/CJ-116 se establecieron tres garantías de certeza que deberá cumplir copulativamente esa versión…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 08/05/2025 · Exp. 001194-2024
Bajo tal panorama y calidad de la plataforma probatoria, se evidencia que no existen elementos que permitan corroborar la sindicación del agraviado, por tanto, no se cumple con los estándares establecidos en el Acuerdo Plenario 2-2005/CJ-116, asimismo, no se ha desvirtuado la presunción de inocencia que le asiste al acusado.En tal virtud, la tesis fiscal no…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 12/01/2023 · Exp. 000498-2022
En este caso, la defensa del sentenciadopostuló su inocencia. Sin embargo, laprueba actuada permitió acreditar suintervención en el robo que se le imputa.En ese sentido, se ratifica la condenaimpuesta por la Sala Penal Superior.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 15/03/2021 · Exp. 000382-2019
Al cumplir la sindicación del agraviado con las garantías de certeza establecidas en el Acuerdo Plenario N.° 2-2005/CJ-116, queda demostrada la responsabilidad penal del encausado.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 16/07/2019 · Exp. 001680-2018
NO HABER NULIDAD en la sentencia del veintisiete de junio de dos mil diecisiete, emitida por la Segunda Sala Penal de Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, en el extremo que condenó a MICHAEL MICHEL VEGA ZAVALETA Y ALFREDO MARTÍN AGUILAR CHÁVEZ como coautores del delito contra el patrimonio, en la modalidad de robo…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 16/07/2019 · Exp. 001551-2018
Al cumplir la sindicación del agraviado con las garantías de certeza establecidas en el Acuerdo Plenario N.° 02-2005/CJ-116, queda demostrada la responsabilidad penal del procesado. Asimismo, al concurrir dos causales de disminución de punibilidad (responsabilidad restringida y eximente imperfecta por estado de ebriedad), este Tribunal está habilitado para determinar la pena por debajo del mínimo legal…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 15/07/2019 · Exp. 001592-2018
Al cumplir la sindicación del agraviado con las garantías de certeza establecidos en el Acuerdo Plenario N.° 02-2005/CJ-116, queda demostrada la responsabilidad penal del procesado.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 14/03/2019 · Exp. 001324-2016
No advirtiendo razones objetivas que invaliden la sindicación del agraviado; su testimonio y reconocimiento son prueba válida de cargo y, por ende, tienen virtualidad procesal para enervar la presunción de inocencia que asiste al procesado, tanto más si las declaraciones están corroboradas con otros medios periféricos que dotan de credibilidad la incriminación señalada.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 23/01/2018 · Exp. 002935-2016
La sindicación del agraviado cumple con los presupuestos establecidos en el Acuerdo Plenario número dos-dos mil cinco/CJ-ciento dieciséis. Con ello, se enervó la presunción de inocencia del encausado.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 24/10/2017 · Exp. 002492-2016
El juicio de condena se sustentó en las sindicaciones de los agraviados, que fueron corroboradas con prueba pericial y documental, así como con los indicios de oportunidad y capacidad delictiva. Existió, por ende, prueba plena (suficiente, creíble y confiable) para desvirtuar la presunción de inocencia que asistía a los recurrentes.