EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 002541-2016
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 31/07/2017 · Exp. 002541-2016
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 31/07/2017 · Exp. 002541-2016
La Sala Superior sustentó su fallo absolutorio sin contrastar la validez de las premisas fácticas de su decisión. La motivación que presentó es defectuosa y, por ende, debe procederse de conformidad con lo previsto por el artículo 298, inciso 1, del Código de Procedimientos Penales.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 08/03/2017 · Exp. 002032-2015
La Sala Superior sustentó su fallo absolutorio sin contrastar la validez de las premisas fácticas de su decisión. La motivación que presentó es defectuosa y, por ende, debe procederse de conformidad con lo previsto por el artículo 298, inciso 1, del Código de Procedimientos Penales.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 30/12/2016 · Exp. 001268-2015
Las pruebas actuadas en el proceso penal deben ser valoradas de manera adecuada y con la motivación debida, con el propósito de darle el mérito probatorio que tengan en la sentencia y que el justiciable pueda comprobar si dicho mérito ha sido efectiva y adecuadamente realizado.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 01/09/2016 · Exp. 003492-2015
El Código de Procedimientos Penales determina que las decisiones sobre cuestiones incidentales no son impugnables; y, preceptúa que solo cabe recurso de nulidad contra los autos que limiten el derecho fundamental a la libertad personal, lo que no se presenta en el sub-judice porque el auto impugnado, por el contrario, es favorable al ejercicio de ese derecho fundamental al…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 03/08/2016 · Exp. 001243-2015
La motivación expuesta por el Colegiado para sustentar la decisión cuestionada es insuficiente, incurriendo en causal de nulidad prevista en el artículo doscientos noventa y nueve, del Código de Procedimientos Penales, por lo que cabe anular la sentencia absolutoria recurrida y disponer un nuevo juicio oral con actuación de diligencias.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 03/08/2016 · Exp. 002280-2015
i) En lo concerniente al delito de peculado doloso, es de acotar que la apropiación de caudales públicos importa, por parte del agente público concernido, el empleo privado que les da a los mismos. El funcionario competente dispone de ellos como si fueran parte de su patrimonio; los aparta de la esfera funcional de la Administración Pública. Es irrelevante el…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 20/07/2016 · Exp. 000739-2015
Leída la sentencia, el acusado o el fiscal, podrán interponer recurso de nulidad en el acto o reservarse ese derecho hasta el día siguiente de expedido el fallo, oportunidad en que solo podrán hacerlo por escrito.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 20/07/2016 · Exp. 003496-2014
Los Presidentes del INPE y demás titulares de esa entidad eran además directivos del Proyecto. Por tanto, a ellos les correspondía cuidar de la debida designación de los consultores y que no se vulnere la legalidad presupuestal: prohibición del doble pago. Estaba a su cargo la administración de los caudales públicos aplicados a ese Proyecto y, por ende, bajo su…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 13/07/2016 · Exp. 002649-2014
La motivación expuesta por el Colegiado para sustentar la decisión cuestionada es insuficiente, incurriendo en causal de nulidad prevista en el artículo doscientos noventa y nueve, del Código de Procedimientos Penales, por lo que cabe anular la sentencia absolutoria recurrida.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 11/07/2016 · Exp. 002243-2014
Al no haberse valorado adecuadamente todas las pruebas actuadas en el proceso, corresponde anular la decisión recurrida y ordenarse un nuevo juicio oral por distinto Colegiado Superior.