EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 001074-2020
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 11/11/2022 · Exp. 001074-2020
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 11/11/2022 · Exp. 001074-2020
DECISIÓNPor estos fundamentos, los jueces y las juezas integrantes de la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, ACORDARON: I. Declarar NO HABER NULIDAD en la sentencia conformada del veinticinco de junio de dos mil diecinueve, emitida por la Sala Superior Penal Descentralizada y Transitoria de San Juan de Lurigancho de la Corte Superior de…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 18/11/2020 · Exp. 001381-2017
Los elementos que conforman el tipo objetivo son tres: a) situación típica, en la cual se establece el presupuesto de hecho que da origen al deber de actuar; b) ausencia de realizar la acción mandada; y, c) capacidad personal de realizar la acción, para ello se requiere que concurran determinadas condiciones externas -cercanía espacial y temporal entre el sujeto y…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 04/11/2019 · Exp. 002462-2018
La agravante por ferocidad, previsto en el numeral uno, del artículo ciento ocho, del Código Penal, está referido a quien mata a una persona sin motivo o móvil aparente, o cuando este sea insignificante o fútil. En otras palabras, el motivo o la causa de la muerte es de una naturaleza deleznable -ausencia de objetivo definido- o despreciable -ferocidad brutal…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 28/05/2018 · Exp. 001236-2017
La revaloración de la prueba actuada es una actividad procesal vedada en casación, ya que esta no constituye una segunda oportunidad de apelación.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 02/12/2016 · Exp. 000212-2016
Sumilla. Resultan de aplicación supletoria a la acción de revisión en el proceso penal, las reglas de improcedencia de la demanda establecidas en el artículo cuatrocientos veintisiete, del Código Procesal Civil, por tratarse de disposiciones compatibles con su naturaleza.