EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 002550-2014
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 10/12/2015 · Exp. 002550-2014
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 10/12/2015 · Exp. 002550-2014
Es derecho de los justiciables recibir del órgano encargado de impartir justicia un pronunciamiento razonado y coherente que haga visible el análisis de los medios probatorios; garantía que al no ser observada en la emisión de la sentencia, acarrea la nulidad.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 22/10/2015 · Exp. 002422-2014
Sumilla. De las copias acopiadas se infiere que existían problemas de pareja; que la agraviada no solo fue víctima de agresión sino que se le hizo ingerir veneno, descartando la alegación del suicidio. Los hechos objeto de juzgamiento se acreditan con las pruebas actuadas directa e indirectas.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 21/07/2015 · Exp. 001882-2014
En el caso de autos, se aprecia que el Colegiado Superior determinó que se satisficieron las exigencias constitucionales para desvirtuar la presunción de inocencia que asiste al acusado, por lo que la decisión de condena por el delito de feminicidio se encuentra debidamente sustentada y justificada en prueba suficiente y cierta.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 21/05/2015 · Exp. 001298-2014
La imposición de una pena debe encontrarse en proporción a la forma y circunstancias en que se suscitaron los hechos, quedando la fijación de sus marcos a criterio del juzgador, dentro de los límites de la ley.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 21/01/2015 · Exp. 000848-2014
Sumilla. No se podrá modificar la calificación jurídica del hecho objeto de la acusación, salvo que la Sala previamente haya indicado al acusado esta posibilidad y concedido la oportunidad para defenderse, y siempre que la nueva calificación no exceda su propia competencia.