EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 000322-2019
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 20/10/2020 · Exp. 000322-2019
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 20/10/2020 · Exp. 000322-2019
FINALIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓNEl objetivo del recurso de casación no es constituir a la Corte Suprema en una tercera instancia, sino cautelar la observancia de las garantías constitucionales y la correcta aplicación e interpretación de la ley. Los recursos de casación interpuestos se rechazan y así se declaran.Sin embargo, se declara bien concedido por la causal del numeral…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 12/03/2019 · Exp. 001008-2018
Es inadmisible el recurso de casación interpuesto por los recurrentes, si en su postulación no se cumplieron con todos los requisitos previstos en el artículo 430, del Código Procesal Penal.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 18/01/2019 · Exp. 000899-2018
Sin sumilla oficial. El texto completo está en el PDF.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 28/05/2018 · Exp. 001208-2017
El recurrente interpone el recurso de casación por la presunta vulneración de algunas de las garantías constitucionales como la motivación de las resoluciones judiciales. Sin embargo, en realidad busca un nuevo reexamen de hechos y pruebas analizados en dos instancias. Pretende que este Colegiado Supremo actúe como una tercera instancia, lo cual no resulta amparable, en virtud de la naturaleza…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 23/03/2018 · Exp. 001483-2017
El delito de extorsión cumple con el requisito de pena mínima de procedencia de casación y el planteamiento de casación se funda en el quebrantamiento de las garantías de presunción de inocencia y congruencia, por lo que cabe pronunciarse al respecto.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 16/03/2018 · Exp. 000406-2017
Cuando se invoca la casación excepcional el recurrente deberá consignar adicional y puntualmente las razones que justifican el desarrollo de la doctrina jurisprudencial que pretende, de conformidad con lo establecido en el inciso tres, del artículo cuatrocientos treinta, del Código Procesal Penal, caso contrario deberá declararse inadmisible el recurso interpuesto.