EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 001233-2016
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 24/11/2016 · Exp. 001233-2016
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 24/11/2016 · Exp. 001233-2016
Solo se tiene la declaración a nivel preliminar y sin presencia de fiscal del agraviado Sumoso Delgado, quien sindica al procesado lzola Mena como uno de los autores, sin embargo, no existen ningún medio probatorio que corrobore dicha versión, por lo que, no se le puede otorgar valor probatorio, conforme lo refiere el artículo 62 del Código de Procedimientos Penales…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 24/11/2016 · Exp. 002306-2015
Al existir contradicciones en las declaraciones de la menor agraviada durante el desarrollo del proceso, se tiene que el Tribunal no está obligado a creer lo manifestado en el juicio oral, pudiendo otorgarle mayor o menor credibilidad a las declaraciones vertidas en otras instancias del proceso, conforme lo establece el quinto considerando del R.N. Nº 3044-2004 del primero…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 22/09/2016 · Exp. 003088-2015
La versión del agraviado cumple con los requisitos del Acuerdo Plenario número cero dos-dos mil cinco/ CJ-ciento dieciséis, pues no tiene razón subjetiva para mentir, su versión es coherente lógica y respaldada por otras pruebas de que efectivamente ocurrió el hecho como lo ha detallado, siendo, además, persistente; por lo que acredita con certeza la participación del acusado…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 10/05/2016 · Exp. 000381-2015
Está debidamente acreditada en autos la comisión del presente ilícito penal, así como la responsabilidad penal de los encausados.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 20/04/2016 · Exp. 000096-2014
En segunda instancia la falta de coherencia entre una declaración y otra debe ser analizada y valorada cuando se presente manifiesto error o la apreciación infrinja las reglas de la lógica, ciencia y máximas de la experiencia, de otra forma se estaría revalorando la prueba y no un control de la valoración.