EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Revisión de Sentencia N.º 000005-2018
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 22/03/2018 · Exp. 000005-2018
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 22/03/2018 · Exp. 000005-2018
Se invocó la causal denominada prueba nueva; no obstante, un extremo del recurso se dirige a cuestionar la valoración probatoria realizada por los Tribunales de Mérito, sobre la base de una interpretación distinta de las partes. El otro extremo se sustenta en elementos probatorios que no tienen entidad suficiente para afectar el juicio de condena.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 16/03/2018 · Exp. 001597-2017
En virtud del principio de economía procesal, el Tribunal Supremo está facultado para desestimar liminarmente el recurso de casación cuando carezca manifiestamente de fundamento, por ejemplo, si se invocan vulneraciones que, de una sola lectura de las sentencias de mérito, se determina que no existen o si los agravios se sustentan en un desconocimiento de las instituciones básicas del derecho…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 09/03/2018 · Exp. 000504-2017
Se invocó la causal denominada prueba nueva; no obstante, los elementos probatorios presentados en la demanda no tienen entidad suficiente para afectar el juicio de condena.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 23/02/2018 · Exp. 001486-2017
La sentencia de vista expuso un juicio racional de su decisión y no se aprecia una motivación ilógica ni defectuosa con relevancia constitucional. Los argumentos expuestos por la casacionista no expresan ideas contrapuestas, inferencias inconsistentes, conclusiones irrazonables (sin evidencia adecuada) o afectación a las leyes de la causalidad o del tercero excluido.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 20/02/2018 · Exp. 000473-2017
Al tratarse de una sentencia conformada, la contradicción del acaecimiento del evento delictivo solo puede sustentarse en un vicio del consentimiento, incapacidad de discernimiento o desconocimiento de la naturaleza de la acusación e implicancias de su aceptación.