EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 001337-2016
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 23/11/2016 · Exp. 001337-2016
El artículo 298°, inciso 1, del Código Procedimientos Penales, establece que procede el recurso de nulidad "cuando en la sustentación de la instrucción, o en la del proceso de juzgamiento, se hubiera incurrido en graves irregularidades u omisiones de trámites o garantías establecidas en la ley procesal penal".