EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Revisión de Sentencia N.º 000232-2018
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 19/07/2018 · Exp. 000232-2018
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 19/07/2018 · Exp. 000232-2018
No existe sentencia que declare la falsedad de un documento o de un testimonio considerado como decisivo para el juicio de condena ni se introdujo un dato objetivo externo y nuevo que así lo revele. Se cuestiona el juicio de condena sobre la base de una revaloración probatoria, lo que no es objeto del presente medio impugnatorio extraordinario.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 19/07/2018 · Exp. 000021-2018
La circunstancia que invoca el recurrente no es nueva. Formó parte de su teoría defensiva y se apreció por los Tribunales de Mérito en el transcurso del proceso; no obstante, la prueba actuada reveló la certeza del evento delictivo.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 20/04/2018 · Exp. 000100-2018
La sentencia de vista expuso un juicio racional de su decisión, no dejó incontestados los agravios defensivos y no se aprecia la afectación al debido procesado alegado por la defensa, sino su pretensión de una revaloración probatoria que no resulta la finalidad del presente recurso, por lo que debe ser declarado inadmisible.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 22/03/2018 · Exp. 000005-2018
Se invocó la causal denominada prueba nueva; no obstante, un extremo del recurso se dirige a cuestionar la valoración probatoria realizada por los Tribunales de Mérito, sobre la base de una interpretación distinta de las partes. El otro extremo se sustenta en elementos probatorios que no tienen entidad suficiente para afectar el juicio de condena.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 23/02/2018 · Exp. 001486-2017
La sentencia de vista expuso un juicio racional de su decisión y no se aprecia una motivación ilógica ni defectuosa con relevancia constitucional. Los argumentos expuestos por la casacionista no expresan ideas contrapuestas, inferencias inconsistentes, conclusiones irrazonables (sin evidencia adecuada) o afectación a las leyes de la causalidad o del tercero excluido.