EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 001285-2014
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 17/09/2015 · Exp. 001285-2014
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 17/09/2015 · Exp. 001285-2014
Del plenario emerge que subsisten pruebas de cargo y de descargo, que llevan al Juzgador a una oscuridad que le impide arribar a la certeza, debido a que ambas partes procesales (acusadora y acusada) han aportado elementos a favor de sus posiciones, situación en que nuestro sistema procesal penal opta por favorecer a la parte acusada cuando se produce este…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 04/06/2015 · Exp. 000696-2014
En el presente caso, el agente conocía el parentesco consanguíne que tenía con la víctima (hijo), sobre el cual accionó dolosamente; produciendo la muerte del menor agraviado.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 05/05/2015 · Exp. 002011-2014
El dolo, pese a pertenecer a la realidad psicológica del agente, puede ser determinado de acuerdo al sentido social indiscutible de la conducta del autor y de las circunstancias que la acompañan, fundamentos objetivos que sirven para acreditar certeramente los conocimientos con los que contó el sujeto activo en el momento de llevar a cabo su conducta.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 16/04/2015 · Exp. 000575-2015
Las pruebas concluyentes determinan la responsabilidad penal del encausado en el ilícito por el cual fue reconocido plenamente.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 15/04/2015 · Exp. 002686-2014
La duda razonable, por imperio constitucional, no permite la imposición de una sentencia condenatoria.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 07/04/2015 · Exp. 000413-2014
Sin sumilla oficial. El texto completo está en el PDF.