EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Revisión de Sentencia N.º 000190-2017
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 18/12/2018 · Exp. 000190-2017
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 18/12/2018 · Exp. 000190-2017
El demandante cuestionó que no se valorara un informe pericial y una declaración testimonial para arribar al juicio de condena en su contra; no obstante, se verificó que tanto el juzgado como la sala actuaron conforme sus atribuciones en la valoración de la prueba: se estimó que la conclusión del informe pericial no desvirtuaba la responsabilidad del ahora demandante mientras…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 18/12/2018 · Exp. 000205-2016
Al tratarse de la causal regulada en el artículo 439.6 del Código Procesal Penal, referida a cuando la norma que sustentó la sentencia es declarada inaplicable en un caso concreto por la Corte Suprema; esto no abarca cuando la resolución -que sirve para incoar la demanda de revisión-, ha sido inaplicada al caso concreto vía control difuso; al tener…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 11/12/2018 · Exp. 000162-2016
En la acción de revisión de sentencia, cuando se invoca la causal de prueba nueva, se debe observar el principio de trascendencia, el cual establece que las nuevas pruebas ofrecidas deben ser suficientemente sólidas, idóneas y contundentes para enervar los fundamentos y pruebas que construyeron jurídicamente la culpabilidad del recurrente.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 11/12/2018 · Exp. 000154-2016
Sin sumilla oficial. El texto completo está en el PDF.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 06/12/2018 · Exp. 000192-2017
Improcedencia de la revisión de sentencia. Sumilla. La sentencia que pretende el sentenciado que se revise, no se ha pronunciado en contra de una que tenga la calidad de cosa juzgada; y tampoco se ha ofrecido un medio de prueba nuevo que no se haya conocido en juicio a fin de sustentar la causal invocada; sino que el sentenciado solo refiere…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 06/12/2018 · Exp. 000114-2018
La demanda de revisión interpuesta es improcedente pues aunado a la omisión del accionante de adjuntar los documentos que considera constituyen prueba nueva, las declaraciones juradas no son prueba nueva pues no reúnen la convicción suficiente para relativizar la cosa juzgada.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 06/12/2018 · Exp. 000121-2018
La demanda de revisión interpuesta es improcedente pues no se advierte la presencia del motivo de revisión estipulado en el inciso cuatro del artículo cuatrocientos treinta y nueve del Código Procesal Penal.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 06/12/2018 · Exp. 000103-2018
La demanda de revisión de sentencia es improcedente pues no se advierte que el motivo de procedibilidad estipulado en el inciso dos del artículo cuatrocientos treinta y nueve del Código Procesal Penal se encuentre configurado.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 22/11/2018 · Exp. 000353-2018
La demanda de revisión interpuesta es improcedente pues la declaración jurada adjuntada no solo no reúne la calidad de prueba nueva -inciso cuatro del artículo cuatrocientos treinta y nueve del Código Procesal Penal- , sino que para el presente caso no relativiza la culpabilidad del accionante.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 22/11/2018 · Exp. 000119-2018
La demanda de revisión interpuesta es improcedente, pues la declaración jurada adjuntada no solo no reúne la calidad de prueba nueva -inciso cuatro del artículo cuatrocientos treinta y nueve del Código Procesal Penal- , sino que para el presente caso no relativiza la culpabilidad del accionante.