EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Revisión de Sentencia N.º 000261-2018
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 03/09/2018 · Exp. 000261-2018
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 03/09/2018 · Exp. 000261-2018
Improcedencia de la demanda de revisión. Sumilla. El ordenamiento jurídico no admite una demanda que se ampare en motivos que no se subsumen realmente en los supuestos de la norma. En ese sentido, la acción de revisión no puede constituir un mecanismo destinado a efectuar una nueva apreciación de los hechos, de las pruebas y pena, distinta a la realizada en…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 22/08/2018 · Exp. 000482-2017
Improcedencia de la demanda de revisiónSUMILLA. No se acreditó que la norma material invocada haya sido declarada inconstitucional por el Tribunal Constitucional o inaplicable en un caso con concreto por la Corte Suprema, conforme lo prescribe el articulo cuatrocientos treinta y nueve, inciso seis, del NCPP
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 07/08/2018 · Exp. 000269-2018
No debe presumirse la falsedad del elemento de prueba que fue decisivo para la condena, sino que esta cualidad debió ser demostrada objetivamente mediante un fallo judicial o prueba autónoma.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 18/05/2018 · Exp. 000079-2017
En atención a que la acción de revisión de sentencia es de carácter extraordinario, puesto que procede por las causales taxativamente previstas en la norma procesal; se desestimará la demanda de revisión de sentencia si el accionante no invoca expresa o tácitamente una de estas causales.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 11/05/2018 · Exp. 000143-2017
La demanda de revisión, debe ajustarse a los alcances legales previstos por el artículo cuatrocientos treinta y nueve del Código Procesal Penal, para declararla procedente.