EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Revisión de Sentencia N.º 000536-2019
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 28/05/2020 · Exp. 000536-2019
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 28/05/2020 · Exp. 000536-2019
Por estos fundamentos, los jueces y las juezas integrantes de la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, ACORDARON: I. DECLARAR IMPROCEDENTE la demanda de revisión de sentencia interpuesta por ERASMO PUCHO TITO contra la sentencia de terminación anticipada del veintitrés de enero de dos mil diecinueve, emitida por el Décimo Juzgado de la Investigación…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 09/12/2019 · Exp. 000151-2019
La revisión de sentencia, al inspirarse en el principio de taxatividad, es de carácter extraordinario, debido a que únicamente procede por causales expresamente previstos por la ley; por lo que no es factible acudir a cuestiones distintas a las previstas en la norma citada, a expendas de obtener una revisión.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 07/11/2019 · Exp. 000279-2019
La procedencia de la revisión de sentencia se encuentra taxativamente delimitada en el artículo 439 del Código Procesal Penal. La presente demanda no se sustentó en ninguna de las causales expresamente previstas por la norma autoritativa, sino que cuestionó el fallo por sus propios fundamentos.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 26/09/2019 · Exp. 000062-2019
La pericia de absorción solo determina que las manos del recurrente no presentaron restos de bario y antimonio, luego de seis horas de su intervención policial.Es, en sí misma, inconducente para acreditar su teoría defensiva de sembrado de arma de fuego.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 18/07/2019 · Exp. 000022-2019
La declaración jurada de la agraviada y el CD que contiene su retractación no tienen entidad para hacer variar los hechos declarados probados en la sentencia cuestionada. Estos se sustentaron en prueba testifical, pericial y documental. En lo relevante, se apreciaron las lesiones físicas y de índole sexual que presentó la afectada y el auxilio policial que aconteció al momento…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 27/06/2019 · Exp. 000489-2018
La acción de revisión de sentencia constituye una excepción a la inmutabilidad de las sentencias firmes. Solo procede cuando se presentan las causales taxativamente previstas por el artículo 439 del Código Procesal Penal, y no es factible acudir a cuestiones diversas para obtener una revisión.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 13/06/2019 · Exp. 000538-2018
Por su naturaleza extraordinaria, la revisión solo está destinada a rescindir condenas firmes cuando se demuestre la inocencia del condenado mediante la presencia de alguna prueba nueva, en este caso, que ponga en crisis los elementos de cargo con los que se estableció su responsabilidad penal.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 19/03/2019 · Exp. 000206-2017
El principio de taxatividad que rige la acción de revisión exige que el demandante invoque alguna de las causas previstas en el artículo 439 del Código Procesal Penal y no otras razones que no se encuentran previstas en la ley.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 03/09/2018 · Exp. 000103-2018
Se invocó la denominada inconciliabilidad de sentencias firmes; no obstante, lo que se pretende es un análisis del juicio de condena por sus propios fundamentos.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 22/08/2018 · Exp. 000211-2017
No se fundamentó el recurso en ninguna de las causales legalmente establecidas, sino en cuestionamientos al juicio valorativo realizado por el Tribunal de Instancia, lo que no es objeto del medio impugnatorio extraordinario planteado, por lo que corresponde desestimarlo.