EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Revisión de Sentencia N.º 000957-2023
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 05/05/2026 · Exp. 000957-2023
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 05/05/2026 · Exp. 000957-2023
El accionante alegó, como sustento de su demanda, la causal de prueba nueva, prevista en el numeral 4 del artículo 439 del Código Procesal Penal; sin embargo, los documentos presentados datan de fecha anterior a las sentencias, por lo que el recurrente tuvo la oportunidad de incorporar esos elementos de prueba, que ahora ofrece, haciendo uso de los mecanismos procesales…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 31/08/2023 · Exp. 000130-2022
Este Tribunal tiene una línea jurisprudencial clara y uniforme que establece que las declaraciones juradas no son pruebas idóneas para variar la situación jurídica de un sentenciado, debido a que son documentos unilaterales (sin contradicción) y extraprocesales (sin inmediación judicial); además, no poseen entidad probatoria suficiente para desvirtuar el valor de las pruebas que, en conjunto y de forma razonada…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 20/06/2023 · Exp. 000038-2022
La accionante alegó como sustento de su demanda la causal de prueba nueva, prevista en el numeral 4 del artículo 439 del Código Procesal Penal. Sin embargo, la declaración jurada no es idónea para variar la situación jurídica de la sentenciada, debido a que no fue recibida en el marco de un debido proceso en el que se garantice el…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 01/06/2023 · Exp. 000083-2022
La aparición de una nueva prueba o un nuevo hecho capaz de enervar un fallo judicial con autoridad de cosa juzgada debe ser lo suficientemente idónea para cumplir su finalidad. Al no verificarse este presupuesto, la acción de revisión debe ser declarada improcedente.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 16/03/2023 · Exp. 000594-2021
en el caso de autos la prueba ofrecida no es sobrevenida
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 16/02/2023 · Exp. 000589-2021
El accionante alegó como sustento de su demanda la causal de prueba nueva, prevista en el numeral 4 del artículo 439 del Código Procesal Penal. La prueba que presenta es la declaración jurada de un testigo; sin embargo, esta no constituye prueba idónea para variar la situación jurídica del sentenciado, debido a que no fue recibida ante la autoridad policial…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 26/01/2023 · Exp. 000383-2021
El accionante alegó como sustento de su demanda la causal de prueba nueva, prevista en el numeral 4 del artículo 439 del Código Procesal Penal, sin embargo, no ha explicado por qué la declaración jurada del testigo Roy Guillermo Bartra Vela tiene entidad para variar los hechos que han sido probados y, en efecto, establecerse su inocencia.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 10/03/2022 · Exp. 000365-2021
IMPROCEDENTE
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 03/03/2022 · Exp. 000329-2021
Si bien se invocó la causal referida a prueba nueva no sustentó debidamente esta, pues no propuso ningún elemento que ponga en crisis aquellos que sustentaron su condena. Asimismo, se advierte que reiteró argumentos de su recurso de apelación, los que ya habían sido absueltos por el Tribunal Superior.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 27/01/2022 · Exp. 000318-2021
Corresponde declarar la improcedencia de la demanda propuesta, debido a que el demandante no cumplió con los requisitos de señalados por la norma procesal en cuanto los elementos adjuntos en la demanda no pruebas por si mismos la inocencia de la agraviada, ni enervan la suficiencia de los que fundamentaron la responsabilidad penal de la sentenciada.