EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Revisión de Sentencia N.º 000123-2017
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 02/08/2018 · Exp. 000123-2017
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 02/08/2018 · Exp. 000123-2017
La demanda de revisión es improcedente pues el motivo de admisibilidad -inciso cinco del artículo cuatrocientos treinta y nueve del Código Procesal Penal: prueba nueva- no se advierte de los argumentos expuestos por el accionante.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 02/08/2018 · Exp. 000120-2017
El Informe pericial de parte número cero uno-dos mil diecisiete-CVYU, que se presenta como prueba nueva, no resulta trascedente a efectos de establecer la inocencia del condenado. De ahí que la demanda de revisión sea declarada improcedente.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 26/07/2018 · Exp. 000245-2018
El motivo de revisión invocado por el demandante -inciso cuatro del artículo cuatrocientos treinta y nueve del Código Procesal Penal-prueba nueva- es insubsistente; en consecuencia la demanda de revisión debe desestimarse.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 26/07/2018 · Exp. 000236-2018
La omisión de los motivos de revisión estipulados en el artículo cuatrocientos treinta y nueve del Código Procesal Penal, conlleva la desestimación de la acción de revisión interpuesta.Por otro lado, pretender el reexamen de la proporcionalidad o el quantum de la pena, es también un supuesto de improcedencia de la demanda de revisión, motivo por el que debe desestimarse…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 23/07/2018 · Exp. 000039-2018
La declaración jurada es la manifestación verbal o escrita de una persona, bajo juramento, ante autoridades administrativas o judiciales, pero tiene una presunción iuris tantum (admite prueba en contrario); por ende, no constituye un medio de prueba absoluto y contundente para enervar el valor probatorio de las instrumentales consideradas por el juzgador al momento de imponer la condena.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 20/07/2018 · Exp. 000507-2017
El demandante propone que se considere un pronunciamiento médico forense de parte realizada con posterioridad, ?a pesar que tuvo la posibilidad de presentarlo durante el proceso?. Máxime que no solo existe el certificado médico legal en el cual se verificó los actos contra natura, sino también fue corroborado con la pericia sicología, el relato incriminador de la agraviada y los…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 19/07/2018 · Exp. 000239-2018
El inciso cuatro del artículo cuatrocientos treinta y nueve del Código Procesal Penal -prueba nueva- exige mínimamente dos requisitos: i) que el documento adjuntado sea posterior a la resolución cuestionada y ii) que tenga un elevado grado de convicción para relativizar la cosa juzgada. Respecto al primer requisito, debe indicarse además que no resulta ser suficiente que el documento adjuntado…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 19/07/2018 · Exp. 000242-2018
La declaración jurada y el cuadro de registro de visitas de la vícitma al centro penitenciario donde cumple condena el agresor, no son documentos que cumplan con la característica de novedad que exige el inciso cuatro del artículo cuatrocientos treinta y nueve del Código Procesal Penal, por lo que debe desestimarse la demanda de revisión interpuesta.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 17/07/2018 · Exp. 000038-2018
Sumilla. El proceso de revisión no constituye una tercera instancia en la que las partes pretendan la modificación de las consecuencias que acarrean un pronunciamiento de condena. La demanda se encuentra legalmente delimitada a determinados supuestos que solo de cumplirse permitirán la revisión de la cosa juzgada.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 09/07/2018 · Exp. 000157-2017
Los documentos presentados únicamente hacen referencia a la creación de los usuarios requeridos mediante Oficio N.° 2226-2009; y no a la asignación de los funcionarios o servidores encargados de la elaboración de planillas. Se aprecia que, concretamente, su argumentación está dirigida a obtener un reexamen de lo decidido.