EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Revisión de Sentencia N.º 000640-2019
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 13/10/2020 · Exp. 000640-2019
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 13/10/2020 · Exp. 000640-2019
DECISIÓNPor estos fundamentos, los jueces y las juezas integrantes de la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, ACORDARON: I.ADECUAR el trámite de la presente demanda de revisión de sentencia a las normas establecidas en el Código Procesal Penal.II.DECLARAR IMPROCEDENTE la demanda de revisión de sentencia interpuesta por ALEX TITO DE LA…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 06/10/2020 · Exp. 000214-2020
El promotor de la acción cuestionó el juicio de culpabilidad o juicio histórico. Empero, es de tener presente que la presencia del imputado en la escena de los hechos y su lógica agresiva tiene solidez con el aporte de prueba testifical plural. El imputado impugnante se negó a declarar en la causa y uno de sus coimputados dijo, como coartada…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 06/10/2020 · Exp. 000177-2020
Sumilla. Para que la Sala conozca el proceso en revisión, se debe invocar y acreditar alguno de los supuestos que prevé el artículo cuatrocientos treinta y nueve del Código Procesal Penal, y desarrollar jurídicamente el planteamiento; de no cumplirse con los requisitos formales no cabe ampararlo y corresponde rechazar de plano la pretensión.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 05/10/2020 · Exp. 000467-2019
Improcedencia de la revisión de sentencia. La demanda de revisión de sentencia debe desestimarse, pues los fundamentos fácticos alegados por el recurrente en su demanda de revisión no se ajustan a la causal prevista en el apartado 4 del artículo 439 del Código Procesal Penal.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 05/10/2020 · Exp. 000185-2020
Improcedencia de la acción de revisióni. En el caso de autos, no es de recibo la causal de prueba nueva, puesto que la documentación presentada no da cuenta del hecho típico ni hacen mención a que el accionante no estuvo en el lugar del evento delictivo.ii. Las pruebas datan de fecha anterior a la emisión de la sentencia, sin…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 05/10/2020 · Exp. 000609-2019
Por su naturaleza extraordinaria, la revisión amparada en la causal de hechos o medios de prueba falsos está destinada a rescindir condenas firmes en los casos en que se ofrezca aporte probatorio específico que acredite que un elemento determinante en la condena incurre en invalidez o falsedad.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 05/10/2020 · Exp. 000521-2019
Previo a la calificación de la acción de revisión de sentencia El accionante, en su acción de revisión, deberá adjuntar la pieza procesal pertinente que declara que la sentencia de vista en cuestión sea firme. Por tanto, este Tribunal Supremo le otorga un plazo razonable al accionante para que subsane la omisión advertida, conforme el numeral 4 del artículo 441…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 02/10/2020 · Exp. 000229-2020
DECLARAR IMPROCEDENTE la demanda de revisión interpuesta por la defensa de YEHEZKEL EZRA O JEHEZKEL JALI O IBRAHIM ABU O IBRAHIM ARCADI O MUSTAFA SALIM contra la ejecutoria suprema del tres de marzo de dos mil cuatro, emitida por la Sala Penal de esta Corte Suprema (Exp. 3456-2003), que declaró no haber nulidad en la sentencia del dos de…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 02/10/2020 · Exp. 000246-2020
Revisión de sentencia. Sumilla. La revisión responde a una finalidad concreta: rescindir sentencias firmes de condena; y únicamente puede admitirse en aquellos supuestos previstos taxativamente en el artículo cuatrocientos treinta y nueve, del Código Procesal Penal, pues constituye una excepción a la inmutabilidad de las sentencias firmes y al principio de seguridad jurídica basado en la firmeza de la cosa juzgada…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 02/10/2020 · Exp. 000473-2019
En la causal de prueba nueva se debe observar el principio de trascendencia, que informa que el argumento del accionante debe estar edificado sobre pruebas nuevas suficientemente sólidas e idóneas, de modo que, por su contundencia demostrativa tenga una entidad probatoria suficiente para, en caso hubiera sido conocida antes, permitiera la emisión de una sentencia absolutoria.