EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Revisión de Sentencia N.º 000015-2019
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 11/10/2019 · Exp. 000015-2019
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 11/10/2019 · Exp. 000015-2019
Cuando se invoque la causal de procedencia de nuevos medios probatorios, deberá justificarse cuándo se tomó conocimiento y de qué forma se accedió a los mismos, de lo contrario se declarará improcedente.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 03/10/2019 · Exp. 000173-2019
El núcleo de la argumentación del accionante estriba en que transitó casualmente por la avenida Fernandini, donde aconteció el robo, pues se dirigía a jugar fulbito y solamente saludó a su coencausado, a quien se cruzó en el camino. No obstante, esta argumentación ya fue valorada en las sentencias de mérito y descartada por la sindicación persistente y corroborada de…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 26/09/2019 · Exp. 000001-2019
Hecho o prueba nueva. La aparición de nueva prueba o nuevo hecho capaz de enervar un fallo judicial condenatorio, con autoridad de cosa juzgada, debe ser lo suficientemente idóneo para cumplir su finalidad. Al no verificarse este presupuesto, la acción de revisión debe ser declarada improcedente.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 19/09/2019 · Exp. 000122-2019
El informe de interpretación post facto no anula el efecto incriminador del material probatorio valorado en conjunto para el juicio de condena. Los Tribunales de Mérito no sustentaron su decisión solamente en el resultado de la evaluación psicológica, pues ello implicaría que el perito decida sobre la responsabilidad del encausado. Aquellos verificaron que los resultados del material científico comulgaron con…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 22/08/2019 · Exp. 000104-2019
Hecho o prueba nueva. La aparición de nueva prueba o nuevo hecho capaz de enervar un fallo judicial condenatorio, con autoridad de cosa juzgada, debe ser lo suficientemente idóneo para cumplir su finalidad. Al no verificarse este presupuesto, la acción de revisión debe ser declarada improcedente
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 15/08/2019 · Exp. 000075-2019
Hecho o prueba nueva. La aparición de nueva prueba o nuevo hecho capaz de enervar un fallo judicial condenatorio, con autoridad de cosa juzgada, debe ser lo suficientemente idóneo para cumplir su finalidad. Al no verificarse este presupuesto, la acción de revisión debe ser declarada improcedente.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 25/07/2019 · Exp. 000027-2019
La acción de revisión de sentencia constituye una excepción a la inmutabilidad de las sentencias firmes. Solo procede cuando se presentan las causales taxativamente previstas por el artículo 439 del Código Procesal Penal, y no es factible acudir a cuestiones diversas para obtener una revisión.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 18/07/2019 · Exp. 000016-2019
Hecho o prueba nueva. La aparición de nueva prueba o nuevo hecho, capaz de enervar un fallo judicial condenatorio con autoridad de cosa juzgada, debe ser lo suficientemente idóneo para cumplir su finalidad. Al no verificarse este presupuesto, la acción de revisión debe ser declarada improcedente.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 27/06/2019 · Exp. 000489-2018
La acción de revisión de sentencia constituye una excepción a la inmutabilidad de las sentencias firmes. Solo procede cuando se presentan las causales taxativamente previstas por el artículo 439 del Código Procesal Penal, y no es factible acudir a cuestiones diversas para obtener una revisión.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 13/06/2019 · Exp. 000538-2018
Por su naturaleza extraordinaria, la revisión solo está destinada a rescindir condenas firmes cuando se demuestre la inocencia del condenado mediante la presencia de alguna prueba nueva, en este caso, que ponga en crisis los elementos de cargo con los que se estableció su responsabilidad penal.