EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Revisión de Sentencia N.º 000205-2016
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 16/12/2016 · Exp. 000205-2016
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 16/12/2016 · Exp. 000205-2016
Revisión de sentencia. Sumilla. La revisión responde a una finalidad concreta: rescindir sentencias firmes de condena; y únicamente puede admitirse en aquellos supuestos previstos taxativamente en el artículo 439, del Código Procesal Penal, pues constituye una excepción a la inmutabilidad de las sentencias firmes y al principio de seguridad jurídica basado en la firmeza de la cosa juzgada.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 16/12/2016 · Exp. 000258-2016
Sumilla. La demanda no ha cumplido con determinados requisitos que exige la ley procesal penal para su procedencia.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 16/12/2016 · Exp. 000225-2016
Corresponde aplicar lo previsto por el artículo 427, inciso 6, del Código Procesal Civil y rechazar liminarmente el recurso de revisión, puesto que no se verificó la causal invocada en el acto postulatorio.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 09/12/2016 · Exp. 000133-2016
Improcedencia de la revisión de sentencia. Sumilla. El recurrente sustentó su petitorio en la causal de prueba nueva; no obstante, lo que realmente pretende es la adecuación del tipo penal o la recalificación jurídica de los hechos, lo que no es de recibo vía revisión, pues no se encuentra dentro de las causales previstas en la norma autoritativa [artículo 439, del…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 25/11/2016 · Exp. 000162-2014
En el caso sub examine, el demandante no cumplió con adjuntar las copias de las sentencias cuya revisión demanda, pese al plazo otorgado por esta Suprema Sala, por lo que se deberá rechazar el recurso planteado.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 25/11/2016 · Exp. 000099-2016
Improcedencia de la revisión de sentencia. Sumilla. Cuando no se verifiquen los supuestos de procedencia contenidos en el artículo 439, del Código Procesal Penal, se declarará improcedente la demanda de revisión de sentencia.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 25/11/2016 · Exp. 000098-2016
Sin sumilla oficial. El texto completo está en el PDF.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 21/11/2016 · Exp. 000193-2016
Sin sumilla oficial. El texto completo está en el PDF.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 21/11/2016 · Exp. 000210-2016
La acción de revisión resulta improcedentecuando los agravios planteados constituyen, en puridad, una revaloración de la prueba ya incorporada y valorada oportunamente en el juicio, pues la función del Juez es correlacionar la misma con los nuevos elementos probatorios, con el fin de apreciar si el resultado del análisis modifica el sentido de la decisión.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 11/11/2016 · Exp. 000186-2016
Revisión de sentencia. Sumilla. La revisión responde a una finalidad concreta: rescindir sentencias firmes de condena; y únicamente puede admitirse en aquellos supuestos previstos taxativamente en el artículo 439, del Código Procesal Penal, pues constituye una excepción a la inmutabilidad de las sentencias firmes y al principio de seguridad jurídica basado en la firmeza de la cosa juzgada.