EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Revisión de Sentencia N.º 000179-2019
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 16/12/2021 · Exp. 000179-2019
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 16/12/2021 · Exp. 000179-2019
Revisiones de sentencia fundadas, determinación de la pena y prueba nueva con aptitud, eficacia y virtualidadI.La ficha Reniec extraída del SIJ-Sistema de Expedientes, en su condición de documento público literosuficiente, da cuenta de que JUAN MANUEL GUADALUPE VEGA nació el once de febrero de mil novecientos ochenta y dos, por ello, en la data de los cinco hechos…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 16/12/2021 · Exp. 000348-2021
DECLARARON IMPROCEDENTE la demanda de revisión interpuesta por Deyvi Antonio Serquen Robles contra la sentencia expedida el dieciocho de junio de dos mil dieciocho por el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial - sede central de la Corte Superior de Justicia de Piura, que lo condenó como coautor del delito contra el patrimonio, robo agravado -artículo 188 (tipo base) y 189, incisos 2…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 15/12/2021 · Exp. 000398-2020
Sin sumilla oficial. El texto completo está en el PDF.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 22/11/2021 · Exp. 000278-2021
Función y excepcionalidad de la revisión de sentencia. Sumilla. La revisión de sentencia tiene por finalidad concreta: rescindir sentencias firmes de condena. Ella sólo es admisible en los supuestos taxativamente regulados en el artículo cuatrocientos treinta y nueve, del Código Procesal Penal. Se trata de una excepción a la inmutabilidad de la cosa juzgada.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 18/11/2021 · Exp. 000265-2021
Sin sumilla oficial. El texto completo está en el PDF.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 18/11/2021 · Exp. 000265-2021
Revisión de sentencia improcedente. Sumilla. El accionante sustenta su postulación en mérito que no se han valorado sus declaraciones, de las cuales se verificaran las contradicciones con lo declarado por los agraviados. Dichas declaraciones no reviste de las características de prueba nueva que exige la causal invocada para la presente acción de revisión de sentencia, por lo que lo argumentado no…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 18/11/2021 · Exp. 000253-2021
Sumilla. La prueba nueva, debe contar con suficiente solidez que sea capaz de fracturar la cosa juzgada, en tanto esta se edifica sobre la base del principio de trascendencia, debiendo ser por tanto idónea y objetiva, de tal forma que por su contundencia permita emitir una sentencia absolutoria.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 12/11/2021 · Exp. 000235-2020
Sumilla. La acción de revisión nunca puede ser susceptible de conformar una tercera instancia ni convertirse en un modo subrepticio de reiniciar y reiterar un debate ya finiquitado mediante una sentencia firme. No procede examinar la actuación y valoración probatoria llevada a cabo por el Tribunal que dictó la sentencia, dado que su finalidad no es esa, como tampoco resolver…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 09/11/2021 · Exp. 000135-2021
En la demanda de revisión se invocó la causal de prueba nueva y como tal hizo mención a diversos elementos probatorios, los cuales no obran en los actuados. Por tanto, se requiere que Mesa de Partes Única de las Salas Penales de la Corte Suprema informe sobre si los documentos que se anexaron cuando se presentó la referida demanda, vía…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 29/10/2021 · Exp. 000220-2021
ACCIÓN DE REVISIÓN DE SENTENCIA La finalidad de la acción de revisión no es conformar una tercera instancia ni convertirse en un modo subrepticio de reiniciar y reiterar un debate ya finiquitado mediante una sentencia firme. Decidir lo contrario vulneraría el principio de la cosa juzgada previsto en el numeral trece, del artículo ciento treinta y nueve, de la Constitución…